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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (13/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Jueves 13 de febrero de 2025 El Peruano / en el cargo de con fi anza de jefe nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Plaza AIRHSP Nº 001651). Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de la señora Karla Elena del Milagro Seminario Meléndez, según corresponda, que deberá presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas, así como la Declaración Jurada de Intereses en las oportunidades establecidas por la Ley Nº 27482, que regula la publicación de la Declaración Jurada de los funcionarios y servidores públicos del Estado, y la Ley Nº 31227, que trans fi ere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer control, fi scalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Jefatura del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, O fi cina de Imagen Institucional, O fi cina General de Tecnologías de la Información, O fi cina General de Potencial Humano y a la interesada, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2371194-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan con eficacia anticipada, al 11 de enero del 2025 hasta la implementación del requerimiento informático, la emisión del Documento Nacional de Identidad con una vigencia de 10 (diez) años RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000026-2025/ JNAC/RENIEC Lima, 12 de febrero del 2025 VISTOS: El Memorando N° 000122-2025/OTI/RENIEC (17ENE2025) de la O fi cina de Tecnologías de la Información; la Hoja de Elevación N° 000026-2025/DRI/RENIEC (23ENE2025) de la Dirección de Registros de Identi fi cación, el Informe N° 000053-2025/DRI/ SDPI/RENIEC (23ENE2025) de la Sub Dirección de Procesamiento de Identi fi cación de la Dirección de Registros de Identi fi cación; la Hoja de Elevación N° 000037-2025/OPP/RENIEC (06FEB2025) de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), el Informe N° 000026-2025/OPP/URM/RENIEC (06FEB2025) de la Unidad de Racionalización y Modernización (hoy Unidad de Modernización Organizacional), el Informe N° 000033-2025/OPP/UPE/RENIEC (03FEB2025) de la Unidad de Plani fi cación y Estadística, ambas unidades de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), el Memorando N° 000026-2025/GG/RENIEC (06FEB2025) de la Gerencia General y el Informe N° 000166-2025/OAJ/ RENIEC (10FEB2025) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 26497, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos vitales y demás actos que modi fi can el estado civil de las personas; Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 6° de la Ley N° 26497, corresponde al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades de registro e identi fi cación de las personas, señaladas en la presente Ley, el Reglamento de las Inscripciones y normas complementarias; Que el artículo 7° de la Ley N° 26497, prescribe que es función del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia; Que mediante la Ley N° 32237, Ley que modi fi ca la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, con el objeto de fortalecer el derecho fundamental a la identidad, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 10ENE2025, se modi fi ca el numeral 37.1 del artículo 37° de la Ley N° 26497, estableciendo que el documento nacional de identidad (DNI) de mayores de edad tiene validez por diez años y se renueva por el mismo periodo; Que mediante los documentos de vistos, la O fi cina de Tecnología de la Información – OTI informa que la implementación de las adecuaciones informáticas para dar cumplimiento a la citada Ley no puede realizarse de manera inmediata, requiriendo evaluar medidas para la implementación progresiva; Que mediante los documentos de vistos, la Dirección de Registros de Identi fi cación, propone la emisión de un acto resolutivo que con e fi cacia anticipada, establezca que los DNI emitidos a partir del 11 de enero del 2025 hasta la implementación del requerimiento informático del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC sean considerados con una caducidad de diez (10) años, en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nº32337, Ley que modi fi ca la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, con el objeto de fortalecer el derecho fundamental a la identidad; Que a su vez, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos de terceros y que existiera, en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable a la propuesta de la Dirección de Registros de Identi fi cación, indicando que el acto resolutivo permitirá la implementación de la Ley N° 32237, siendo que en el presente año se encuentran programadas las actividades operativas de la Dirección de Registros de Identi fi cación, en relación a la emisión de los DNI, de acuerdo a los recursos asignados en la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, evalúa lo solicitado y emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Registros de Identi fi cación; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Con la opinión favorable de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General y conforme a las atribuciones