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18 NORMAS LEGALES Viernes 14 de febrero de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2371704-3 Designan Viceministra de Economía RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2025-EF Lima, 13 de febrero de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro(a) de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Denisse Azucena Miralles Miralles en el cargo de Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2371704-4 Resolución Ministerial que aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Municipalidad Provincial de Ilo, en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo Nº 015-2025-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2025-EF/52 Lima, 12 de febrero del 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 015-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba la operación de endeudamiento interno mediante la emisión de bonos soberanos en el marco de la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprobó la operación de endeudamiento interno a ser acordada mediante la emisión de bonos soberanos, hasta por la suma de S/ 14 400 000,00 (CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión “Creación infraestructura vial y peatonal en los pasajes 18, 15, 13, 19, 12, calles 03, 02, 01, pasajes internos 17, 11, 10, 9, 8 y resto de pasajes AA.HH. Nueva Esperanza del Distrito de Ilo - Provincia de Ilo - departamento de Moquegua” a cargo de la Municipalidad Provincial de Ilo; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 015-2025-EF dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, traspasa a la Municipalidad Provincial de Ilo, los recursos derivados de la aludida operación de endeudamiento interno, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que es aprobado mediante Resolución Ministerial; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en los numerales 3.1 y 3.2 del acotado artículo 3, el Convenio de Traspaso de Recursos, establece los términos y condiciones referidos al reembolso del servicio de la deuda derivada de la citada operación de endeudamiento interno, con cargo a sus recursos determinados por concepto de canon minero; Que, el numeral 24.2 del artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar los pagos o reembolsos correspondientes a obligaciones generadas en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, se realice mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General del Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlos directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 del referido Decreto Legislativo establece que en el caso de las operaciones de endeudamiento acordadas por el Gobierno Nacional cuya ejecución esté a cargo de una entidad pública que no pertenece al Gobierno Nacional, con la obligación de proporcionar los recursos fi nancieros para atender el servicio de deuda, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, y dicha entidad pública, suscriben un Convenio de Traspaso de Recursos en el cual se establecen los términos y condiciones relativos a su utilización y a la atención del servicio de la deuda; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre la Municipalidad Provincial de Ilo y el Ministerio de Economía y Finanzas, así como establecer el mecanismo de reembolso a favor de este último; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, en el Decreto Supremo Nº 015-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba la operación de endeudamiento interno mediante la emisión de bonos soberanos en el marco de la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y en la Directiva Nº 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 015-2019-EF/52.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público y la Municipalidad Provincial de Ilo, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos derivados de la operación de endeudamiento interno aprobada en el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 015-2025-EF, el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Servicio de la Deuda Disponer que el mecanismo de reembolso a cargo de la Municipalidad Provincial de Ilo, a favor del Ministerio