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19 NORMAS LEGALES Viernes 14 de febrero de 2025 El Peruano / de Economía y Finanzas, en el marco de la operación de endeudamiento interno aprobada por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 015-2025-EF, será mediante asignaciones fi nancieras a que se re fi ere el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público. Artículo 3.- Suscripción de documentos Autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como toda la documentación necesaria para su implementación. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2371385-1 Resolución Ministerial que aprueba los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2025 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2025-EF/50 Lima, 12 de febrero del 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, dispone que las provincias y distritos donde existen y funcionan Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres, tienen derecho a percibir solo el 2% de las rentas que se recauden por esa actividad, como Participación en Rentas de Aduanas (PRA), constituyendo recursos propios para bene fi ciar su desarrollo; Que, el artículo 2 de la citada Ley señala los bene fi ciarios de la PRA; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley Nº 27613, regula la PRA en la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo, entre otros, que, deducido el 10% que corresponde al Fondo Educativo, el saldo restante de recursos provenientes de la PRA es distribuido en un 50% al Gobierno Regional del Callao y el otro 50%, proporcionalmente, entre las municipalidades de la jurisdicción; Que, la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que el 30% de los recursos provenientes de la Participación en Renta de Aduanas, a la que se re fi ere la Ley Nº 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, generado por la Aduana de Chancay, se destina al distrito de Chancay. La distribución del 70% de la referida Participación en Renta de Aduanas, se realiza bajo los criterios de distribución vigentes entre el resto de las municipalidades de la provincia de Huaral; Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución de la PRA son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;Que, en base a la información proporcionada mediante los O fi cios Nº 000008-2025-SUNAT/320000 y Nº 000701- 2024-INEI/JEF de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - (SUNAT) y del Instituto Nacional de Estadística e Informática – (INEI), respectivamente, la Dirección General de Presupuesto Público realiza los cálculos para la determinación de los índices de distribución de la PRA, correspondientes al Año Fiscal 2025; Que, en ese sentido, corresponde aprobar los índices de distribución de la PRA a favor de las municipalidades bene fi ciarias, de la Provincia de Huaral y de la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas; la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2025 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas (PRA), a ser aplicados conforme al Anexo Nº I “Índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2025 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas en la Provincia Constitucional del Callao”, al Anexo Nº II “Índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2025 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas Municipalidades Resto del País” y el Anexo Nº III “Índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2025 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas en la Provincia de Huaral”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2371387-1 Autorizan viaje de Asesor Técnico en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2025-EF/10 Lima, 12 de febrero del 2025CONSIDERANDO:Que, mediante comunicación electrónica de fecha 20 de enero de 2025, la Coordinadora del Subgrupo de Conducta Empresarial Responsable de la Alianza del Paci fi co (SGCER-AP) invita al Punto Nacional de Contacto para la Conducta Empresarial Responsable de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE en el Perú (PNC Perú), ubicado en la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN y miembro del SGCER-AP, a participar en el Encuentro de aprendizaje entre pares SGCER-AP (Fase 2) Involucramiento del Punto Nacional de Contacto con sus grupos de interés y fortalecimiento como mecanismo no judicial de solución de con fl ictos, y en la