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17 NORMAS LEGALES Jueves 27 de febrero de 2025 El Peruano / Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta Rommel Steve CARRILLO ESPINOZA, identi fi cado con CIP N° 00017796 y DNI N° 70671679, para participar en la 28° Reunión Intergubernamental del Comité de la Comisión Oceanográ fi ca Intergubernamental (COI) sobre Intercambio Internacional de Datos e Información Oceanográ fi cos (IODE), a realizarse en el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras (INVEMAR), ubicado en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 12 al 14 de marzo de 2025, así como autorizar su salida del país el 11 de marzo y su retorno el 15 de marzo de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – Santa Marta (República de Colombia) - Lima Clase económica US$ 787.21 x 1 persona US$ 787.21 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 3 días US$ 1,110.00 ------------------ Total a pagar: US$ 1,897.21 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2375058-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Modifican la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS, que delega facultades y atribuciones en diversos servidores del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000066-2025- MIDIS San Isidro, 25 de febrero del 2025 VISTOS: El Informe N° D000683-2025-MIDIS-OA de la O fi cina de Abastecimiento; el Informe N° D000063-2025-MIDIS-OGA de la O fi cina General de Administración; y el Informe N° D000152-2025-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, el artículo 12 de la citada Ley establece que el/la Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social es la más alta autoridad política del sector desarrollo e inclusión social y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio y, ejerce entre otras funciones, las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otros, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante, TUO de la Ley de Contrataciones del Estado), establece que el Titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la referida norma otorga; Que, bajo ese marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS, se delegan diversas facultades y atribuciones asignadas al Titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a funcionarios y servidores de dicho Ministerio y de su organismo público adscrito, durante el año 2025; Que, mediante el literal r) del numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS, se delega en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración, la facultad de aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y las formalidades que prevea la ley de la materia, previo informe de la unidad de organización que tiene la calidad de área usuaria y de la O fi cina de Abastecimiento; Que, al respecto, mediante Informes N° D000063-2025- MIDIS-OGA y N° D000683-2025-MIDIS-OA, la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Abastecimiento, respectivamente, sustentan y proponen la modi fi cación de los alcances de la delegación de facultades a que se re fi ere el literal r) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS, en atención a que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, incluso cuando estas impliquen incremento del precio, conforme a lo establecido en el numeral 34.10 del artículo 34 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, lo cual permitirá agilizar los trámites para la modi fi cación de diversos contratos motivados por los cambios normativos suscitados durante su ejecución; Que, con el propósito de agilizar y optimizar la gestión administrativa de la entidad, resulta necesario aprobar la modi fi cación de la delegación de facultades dispuesta en la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Abastecimiento; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y la Resolución Ministerial N° D000026-2025-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;