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29 NORMAS LEGALES Jueves 27 de febrero de 2025 El Peruano / precisándose que, varias Entidades pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, mediante un procedimiento de selección único, a fi n de alcanzar condiciones más ventajosas para el Estado a través de la agregación de demanda, conforme a lo establecido en el reglamento. Asimismo, las Entidades participan de las compras corporativas obligatorias a cargo de PERÚ COMPRAS, conforme a las disposiciones establecidas por esta Entidad; Que, el numeral 103.3 del artículo 103 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias (en adelante, el “Reglamento de la Ley N° 30225”), establece que, para la agregación de la demanda de las Entidades se puede utilizar diversos criterios, tales como el geográ fi co, el sectorial, el temporal o la combinación de estos, entre otros; Que, el numeral 107.2 del artículo 107 del Reglamento de la Ley N° 30225 dispone que, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS es la Entidad encargada de realizar las Compras Corporativas Obligatorias a través de cualquier método de contratación, de acuerdo a lo establecido en el decreto supremo que se emita para tal efecto; Que, a través del Decreto Supremo N° 001-2025-EF, se aprueban las compras corporativas obligatorias para la adquisición de papelería en general, útiles de o fi cina y materiales de aseo y limpieza, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y se dictan otras disposiciones, cuya fi nalidad es generar e fi ciencia en las compras públicas a través de los ahorros por economía de escala en las compras de papelería en general, útiles de ofi cina, así como materiales de aseo y limpieza, a efectos de alcanzar condiciones más ventajosas en cuanto a calidad y precio; Que, mediante Informe N° 000012-2025-PERÚ COMPRAS-DCC, la Dirección de Compras Corporativas sustenta y propone la modi fi cación de la Directiva N° 006-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la compra agregada y compra corporativa obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, considerando la implementación de las funcionalidades relativas a la distribución de la buena pro en el “Módulo Gestionar Compra Corporativa” de la Plataforma Electrónica de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, las gestiones operativas del procedimiento de “Gran Compra”, entre otros aspectos vinculados, con el fi n de optimizar los recursos públicos mediante la Compra Agregada y Compra Corporativa Obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Dicho proyecto cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Acuerdos Marco, Dirección de Análisis de Mercado y la Ofi cina de Comunicaciones; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 000025-2025-PERÚ COMPRAS-OPP, concluye que, la propuesta de modi fi cación del mencionado documento normativo se encuentra conforme a la Directiva N° 002-2019-PERU COMPRAS, denominada “Normas para la Formulación, Aprobación y Actualización de Documentos Normativos en la Central de Compras Públicas- PERU COMPRAS”; Que, mediante Informe N° 000045-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la propuesta de modi fi cación de la Directiva N° 006- 2023-PERÚ COMPRAS, en su versión 2.0, se encuentra dentro del marco legal vigente, por lo que, corresponde su aprobación; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Compras Corporativas, la Dirección de Análisis de Mercado, la Dirección de Acuerdos Marco, la Ofi cina de Comunicaciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS denominada “Normas para la Formulación, Aprobación y Actualización de Documentos Normativos en la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 013-2019-PERÚ COMPRAS/GG; y, en ejercicio de las atribuciones por el artículo 8 y los literales n) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 006-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la compra agregada y compra corporativa obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, en su versión 2.0, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; la misma que, en nueve (9) páginas, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Directiva N° 006-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la compra agregada y compra corporativa obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, versión 2.0, entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- La Resolución Jefatural y la Directiva N° 006-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la compra agregada y compra corporativa obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, versión 2.0, se publican en la sede digital de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras PúblicasPERÚ COMPRAS 2374785-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Subdirectora II de la Subdirección de Ensayos Clínicos de la Dirección de Investigación e Innovación en Salud RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 061-2025-PE/INS Lima, 26 de febrero de 2025VISTO: El Expediente con Registro Nº 4854-2025 que contiene Carta de renuncia de la señora Lourdes del Rocío Carrera Acosta, Nota Informativa Nº 017-2025-DIIS/INS de la Dirección de Investigación e Innovación en Salud; el Memorando N° 369-2025-ORRHH/INS y el Informe Nº 031-2025-RAR-ORRHH/INS de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; la Nota Informativa Nº 082-2025-OAJ/INS de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 141-2024- PE/INS se designa a la M.C. LOURDES DEL ROCIO CARRERA ACOSTA en el cargo de con fi anza de Subdirectora II de la Subdirección de Ensayos Clínicos de la Dirección de Investigación e Innovación en Salud; Que, mediante Carta S/N de fecha 20 de febrero de 2025, la M.C. LOURDES DEL ROCIO CARRERA ACOSTA formula su renuncia al cargo de con fi anza de Subdirectora II de la Subdirección de Ensayos Clínicos de la Dirección de Investigación e Innovación en Salud;