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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (27/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 27 de febrero de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del literal r) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS Modi fi car el literal r) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS, en los siguientes términos: “Artículo 4.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración, durante el año 2025, las facultades y atribuciones siguientes: 4.1. En materia de contrataciones del Estado, respecto de la Unidad Ejecutora 001: (…) r) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, inclusive cuando impliquen la variación del precio, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y las formalidades que prevea la ley de la materia, previo informe de la unidad de organización que tiene la calidad de área usuaria y de la O fi cina de Abastecimiento. (…)” Artículo 2.- Precisión de la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS Precisar que los demás extremos de la Resolución Ministerial N° D000005-2025-MIDIS mantienen su plena vigencia. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2375383-1 Aprueban el Programa Multianual de Inversiones - PMI correspondiente al periodo 2026-2028 del Sector Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000067-2025- MIDIS San Isidro, 25 de febrero del 2025VISTOS: El Informe de Trabajo N° D000009-2025-MIDIS- OPI-JRG emitido por la Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000064- 2025-MIDIS-OGPPM y el Proveído N° D001109-2025-MIDIS-OGPPM emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000145-2025-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; estableciéndose que cuenta con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal;Que, con Decreto Supremo N° 242-2018-EF se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante, el TUO); Que, el artículo 1 del TUO crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, asimismo, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del TUO establece que la Programación Multianual de Inversiones es una de las fases del Ciclo de Inversión, la cual consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección trianual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo de los Sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, a su vez, el numeral 5.1 del artículo 5 del TUO señala que los órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones son: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, en esa línea, de acuerdo con lo indicado en el numeral 5.3 del artículo 5 del TUO, el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, Regional o Local, según corresponda, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias; asimismo, el Órgano Resolutivo del Sector del Gobierno Nacional aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones relacionadas con funciones de su competencia a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones para los tres niveles de gobierno, de acuerdo con las medidas sectoriales de fi nidas por los rectores de las políticas nacionales; Que, adicionalmente, conforme a lo señalado en el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF (en adelante, el Reglamento), la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector; teniendo, entre otras funciones, la de elaborar el Programa Multianual de Inversiones del Sector en coordinación con las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones respectivas; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento señala que la fase de Programación Multianual de Inversiones se realiza con una proyección trianual como mínimo, contado desde el año siguiente a aquel en el que se efectúa la programación; Que, por su parte, mediante Resolución Directoral Nº 001-2019-EF-63.01 emitida por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF-63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante, la Directiva), así como sus Anexos y Formatos; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Directiva establece que la Programación Multianual de Inversiones tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias,