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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2025 (05/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 5 de julio de 2025 El Peruano / INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN Modifican la R.M. N° 147-2016-PRODUCE para variar el nombre del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura”, al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura - CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura”, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000005-2025-ITP/CD San Isidro, 1 de julio del 2025 VISTOS:El Memorando N° 574-2024-ITP/CITEPESQUERO- PIURA, de fecha 16 de diciembre de 2024 y el Informe Técnico N° 01-2025-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, de fecha 16 de enero de 2025, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura; el Memorando N° 58-2025-ITP/DEDFO, de fecha 24 de enero de 2025, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 161-2025-ITP/CITEPESQUERO- PIURA, de fecha 8 de abril de 2025 y, el Memorando N° 226-2025-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, de fecha 16 de mayo de 2025, ambos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura; el Memorando N° 3097-2025-ITP/OPPM, de fecha 20 de mayo de 2025, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 1906-2025-ITP/DO, de fecha 21 de mayo de 2025, de la Dirección de Operaciones; el Memorando N° 234-2025-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, de fecha 22 de mayo de 2025, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura; el Memorando N° 3772-2025-ITP/OPPM, de fecha 19 de junio de 2025, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 463-2025-ITP/DEDFO, de fecha 19 de junio de 2025, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Informe N° 296-2025-ITP/OAJ, de fecha 23 de junio de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 20-2025-ITP/SCD, de fecha 30 de junio de 2025, de la Secretaria del Consejo Directivo; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), en cuyo artículo 1 establece que, el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228 dispone que los CITE tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversi fi cación productiva; Que, de acuerdo con los artículos 14 y 15 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE (en adelante, el Reglamento), los CITE Públicos son órganos desconcentrados del ITP y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuando corresponda; se crean por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción (PRODUCE), con excepción de los CITE artesanales y turísticos; debiendo indicar dicha norma, el objetivo general del CITE, así como la ubicación de su sede y demás aspectos que se consideren necesarios; Que, con Resolución Ministerial Nº 147-2016-PRODUCE, de fecha 21 de abril de 2016, se creó el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura” (en adelante el CITE), el cual tiene como objetivo general apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocios y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fi n de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en las cadenas de los productos pesqueros de la zona, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo su ámbito territorial el departamento de Piura; Que, a través de la Resolución Ejecutiva N° 050- 2021-ITP/DE se aprobó la Directiva N° 003-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE públicos y Unidades Técnicas del ITP” (en adelante, la Directiva), que tiene por fi nalidad uniformizar los criterios y el procedimiento especí fi cos para la creación, el desarrollo estratégico y la extinción de los CITE públicos, a fi n de contribuir a mejorar su e fi ciencia y e fi cacia; Que, el numeral 8.3.1 de la Directiva señala que son materia de adecuación de un CITE público: i) La denominación, ii) La especialización y iii) El ámbito de acción; asimismo, el numeral 8.3.3 señala que son etapas del procedimiento de adecuación: i) Presentación y admisión de la solicitud de adecuación de un CITE Público; ii) Elaboración de la propuesta para la adecuación de un CITE público; iii) Evaluación de la propuesta para la adecuación de un CITE público; y, iv) Aprobación de la propuesta para la adecuación de un CITE público; Que, teniendo en consideración el procedimiento referido en el párrafo anterior, para la etapa de presentación y admisión de la solicitud de adecuación de un CITE Público, el CITE mediante Memorando N° 574-2024-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, sustentado en el Informe Técnico N° 32-2024-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, ambos de fecha 16 de diciembre de 2024, precisado posteriormente con Informe Técnico N° 01- 2025-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, de fecha 16 de enero de 2025, remite a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante la DEDFO) i) El acta de fecha 18 de noviembre de 2024, de la Sesión Extraordinaria N° 01-SO-2024/CD-CITEpesquero, del Comité Directivo del CITE, el cual contiene el Acuerdo N° SE 01-001-2024-ITP/CD/CITEpesquero, ii) La solicitud de adecuación del CITE con el fi n de que este amplie su ámbito de intervención a la cadena acuícola y agroindustrial; Que, con Memorando N° 58-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe N° 02-2025-ITP/CAS-DEDFO, ambos de fecha 24 de enero de 2025, la DEDFO emite pronunciamiento respecto de la solitud de adecuación del CITE, concluyendo que resulta pertinente admitir la solicitud de adecuación del CITE; Que, en la etapa de elaboración de la propuesta para la adecuación de un CITE público, el CITE, mediante Memorando N° 161-2025-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, del 8 de abril de 2025, remite a la DEDFO el Diagnostico de Seguimiento de Brecha Tecnológica (S-DBT), conforme el anexo N° 06 de la Directiva; asimismo, mediante Memorando N° 234-2025-ITP/CITEPESQUERO-PIURA, del 22 de mayo de 2025, el CITE remite el Plan de