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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2025 (05/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 5 de julio de 2025 El Peruano / y zonas de seguridad para el usuario. Su ancho se establece mediante resolución del titular de la autoridad competente respectiva (…)”; Que, con fecha 27 de mayo 2021, se suscribió el contrato de Estado a Estado para la prestación del Servicio de Asistencia técnica en la ejecución de, entre otros, el proyecto “Creación del Servicio de Transitabilidad Vial Interurbana en la Nueva Carretera Central Ate - Cieneguilla – Antioquía - Santo Domingo de Olleros -Cuenca -Langa – Huarochirí - San Mateo - Yauli - Emp. PE-22, Distrito de Yauli de La Provincia de Yauli del departamento de Junín” (en adelante, el Proyecto) entre el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS NACIONAL) y la empresa EGIS, representada por EGIS VILLES ET TRANSPORTS; Que, con Memorándum N° 1067-2025-MTC/20.15, el Responsable de las funciones de la Dirección de Gestión de Proyectos de PROVIAS NACIONAL remite a la Dirección de Disponibilidad de Predios el Informe N° 34-2025-MTC/20.15.FPC/JMCB, donde se brinda la información técnica correspondiente y se adjunta el sustento para de fi nir el ancho del Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-22D, con trayectoria: Emp. PE-22 - Cieneguilla - San Mateo - Emp. PE-22; Que, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través del Memorando N° 3757-2025-MTC/19 y el Informe N° 0510-2025-MTC/19.03.CG_GAT-IMT, sustenta la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba el Derecho de Vía en la Ruta Nacional PE-22D, con trayectoria: Emp. PE-22 - Cieneguilla - San Mateo - Emp. PE-22; señalando que, el Derecho de Vía de la totalidad de la precitada Ruta Nacional debe ser de 40.00 metros; con excepción de los tramos T1, T2, T3A, T3B, T4, T5A, T5B, T6A, T6B, T7A, T7B, T8A, T8B, T9A Y T9B y sus cinco túneles, donde, atendiendo al perímetro de construcción del expediente técnico para el Proyecto, corresponde que cuenten con un Derecho de Vía de fi nido a través de anchos variables y representados con polígonos cuyos vértices están georreferenciados en el sistema de coordenadas proyectadas UTM en la zona 18 sur; Que, adicionalmente, el precitado Informe indica que, de conformidad con el Manual de Carreteras: Diseño Geométrico DG – 2018, aprobado por Resolución Directoral N° 03-2018-MTC/14, en terrenos de topografía quebrada, el Derecho de Vía se debe extender hasta 5.00 metros más allá del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o del borde más alejado de las obras de drenaje; Que, en consecuencia, es necesario establecer el Derecho de Vía en la Ruta Nacional PE-22D, con trayectoria: Emp. PE-22 - Cieneguilla - San Mateo - Emp. PE-22, en los términos señalados por la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer el Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-22D, con trayectoria: Emp. PE-22 - Cieneguilla - San Mateo - Emp. PE-22, con un ancho de 40.00 metros (20.00 metros a cada lado del eje); con excepción de quince (15) segmentos y cinco (5) túneles, en los cuales el Derecho de Vía queda determinado conforme al Anexo N° 01 denominado “Cuadro de Coordenadas UTM DATUM WGS-84, Zona 18 Sur, polígono del Derecho de Vía de la Ruta Nacional Nº PE-22D” y al Anexo N° 02 denominado “Planos detalle del Derecho de Vía de la Ruta Nacional N° PE-22D”. Artículo 2.- Los derechos de vía fi jados en el artículo precedente se extienden hasta 5.00 metros más allá del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o del borde más alejado de las obras de drenaje, en terrenos de topografía quebrada.Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2416447-1 Designan Director General de la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 451-2025-MTC/01 Lima, 4 de julio de 2025 CONSIDERANDO:Que, la ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CESAR ALBERTO FLORES BERRIOS en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2416473-1 Designan Director General de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 452-2025-MTC/01 Lima, 4 de julio de 2025 CONSIDERANDO: Que, la ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,