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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2025 (17/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 17 de julio de 2025 El Peruano / Autorizan realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial con el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000241-2025-CE-PJ Lima, 15 de julio del 2025 VISTO: El O fi cio N° 002737-2025-SG-CS-PJ cursado por la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000433-2021-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se institucionalizó la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, la cual se desarrollará el segundo viernes del mes de agosto de cada año, con una duración de 24 horas y con carácter voluntario; aplicándose en la Corte Suprema de Justicia de la República y en los Distritos Judiciales del país. Asimismo, el artículo segundo de la citada resolución establece que la Gerencia General del Poder Judicial y las Cortes Superiores de Justicia del país, en cuanto a sus competencias, realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Jornada Judicial Extraordinaria. Segundo. Dicha actividad tiene por objetivo desarrollar actividades jurisdiccionales y administrativas en días u horarios inhábiles, lo cual constituye una buena práctica orientada al fortalecimiento de la política institucional del Poder Judicial. Del mismo modo, el desarrollo de esta actividad trae consigo bene fi cios para los justiciables y es una demostración tangible de la mejora en la prestación del servicio de justicia con calidad y oportunidad. Asimismo, dicha actividad evidencia el loable esfuerzo realizado por los jueces, juezas, personal jurisdiccional y personal administrativa de la institución a nivel nacional. Tercero. En ese contexto, la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Ofi cio N° 003966-2025-SG-CS-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del desarrollo de la Jornada Judicial Extraordinaria 2025. Cuarto. En tal sentido, con el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, resulta pertinente autorizar la realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, para el día viernes 22 de agosto de 2025; ello en virtud a que para el segundo viernes del mes de agosto del presente año, se encuentra previamente programada la elección de los jueces/as superiores titulares y jueces/as especializados o mixtos titulares como integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, correspondiente al Décimo Tercer Período de Sesiones 2025-2027. Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 946- 2025 de la vigésima novena sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Ancash, de fecha 9 de julio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, de carácter voluntario, para el viernes 22 de agosto de 2025, con una duración de 24 horas. Artículo Segundo.- Disponer que el Centro de Investigaciones Judiciales proponga los lineamientos para el desarrollo de la mencionada jornada judicial. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la presidencia del Poder Judicial, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales, Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2420055-1 Implementan en la Corte Superior de Justicia de Moquegua el segundo tramo de la oralidad civil en el Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral en diversos órganos jurisdiccionales, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000243-2025-CE-PJ Lima, 15 de julio del 2025 VISTOS:El O fi cio N° 000077-2025-P-ETIIOC-CE-PJ e Informe N° 000049-2025-ST-ETIIOC-CE-PJ, cursado por el señor Ramiro Antonio Bustamante Zegarra, Consejero y Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. CONSIDERANDO:Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 229-2019-CE-PJ, de fecha 29 de mayo de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conformación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, a fi n de centralizar y coordinar todas las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral en materia civil, a nivel nacional. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 374-2019-CE-PJ de fecha 4 de setiembre de 2019, se dispuso la creación del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, el cual se encarga de velar por el correcto funcionamiento de cada componente, antes, durante y después de la implementación del Modelo de la Oralidad Civil en las diferentes Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que lo hayan desplegado. Tercero. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 220-2022-CE-PJ de fecha 17 de junio de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió implementar el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral en la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a partir del 5 de julio de 2022, constituido por el Juzgado Civil y el Juzgado de Paz Letrado Mixto, ambos de la provincia de Mariscal Nieto. Cuarto. Que, asimismo mediante Resolución Administrativa N° 000010-2025-CE-PJ de fecha 13 de enero de 2025, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Protocolo “Implementación del Modelo de Oralidad Civil en las Cortes Superiores de Justicia” - Versión 001, documento normativo de observancia por parte de las Cortes Superiores de Justicia que propongan implementar el modelo de reforma procesal en el área civil.