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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2025 (17/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 17 de julio de 2025 El Peruano / Transición de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, en el marco del proceso de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, conformada mediante Resolución de Gerencia General Nº 000104-2024-SERVIR-GG y actualizada mediante Resolución de Gerencia General Nº 000147-2024-SERVIR-GG. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA Presidente EjecutivoConsejo Directivo 2419885-1 AUTORIDAD NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD EN PESCA Y ACUICUL TURA Aprueban el “Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura - SANIPES” RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 000050-2025- SANIPES/GG San Isidro, 15 de julio del 2025 VISTOS: El Informe Técnico N° 000141-2025-SERVIR- GDSRH y O fi cio N° 000686-2025-SERVIR-PE de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Informe N° 000797-2025-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000405-2025-SANIPES/ OA de la O fi cina de Administración, el Informe N° 000188-2025-SANIPES/OPPM-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando N° 001139-2025-SANIPES/OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 0000196-2025-SANIPES/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063, se crea la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura - SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción. Tiene personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, constituyendo pliego presupuestal; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece: “La fi nalidad de la presente Ley es que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran.”; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, determina que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos: “establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de recursos humanos.”;Que, el artículo 134 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que: “Cada entidad aprueba su respectivo Manual de Per fi les de Puestos (MPP), en el que se describe de manera estructurada todos los per fi les de puestos de la Entidad, de acuerdo con la directiva que establezca SERVIR para dicho fi n. La O fi cina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, realizará las coordinaciones con el área pertinente para la publicación del MPP y sus actualizaciones, en el portal de transparencia de la entidad, una vez aprobado el documento por las instancias respectivas.”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la “Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos” (en adelante, la Directiva), en cuyo artículo 2, se dispone que la fi nalidad de la misma es: “Que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar per fi les de puestos y/o cargos de los distintos regímenes laborales para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación del desempeño, capacitación y, en los casos que corresponda, progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH).”; Que, el numeral 27.8 de la Directiva, establece que: “Una vez noti fi cada la opinión técnica favorable de SERVIR, la entidad pública que elabora y presenta la propuesta de MPP, lo aprueba mediante resolución del/la titular. Dicha aprobación se realiza en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de recepción de la opinión técnica de SERVIR”. Asimismo, dispone que: “La entidad pública gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad y dependiendo del nivel de gobierno de la entidad pública. Asimismo, en concordancia con el artículo 136 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, publica en su portal de transparencia el MPP aprobado y la respectiva resolución del/la titular de la entidad pública, mediante la que formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica el citado dispositivo legal en el Diario O fi cial El Peruano.”; Que, mediante O fi cio N° 000686-2025-SEVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 000141-2025-SERVIR-GDSRH con el que otorga opinión técnica favorable a la propuesta del Manual de Per fi l de Puestos de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura - SANIPES; Que, mediante Informe N° 000405-2025-SANIPES/ OA, la O fi cina de Administración hace suyo el Informe N° 000797-2025-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, mediante el cual concluye que: SERVIR a la fecha ha cumplido con noti fi car su opinión técnica favorable respecto a la propuesta del MPP presentado por Sanipes, correspondiendo continuar con su aprobación mediante resolución del titular de nuestra entidad, para lo cual se cuenta con un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de recepción de la opinión técnica de SERVIR.”; Que, mediante Memorando N° 001139-2025-SANIPES/ OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 000188-2025-SANIPES/OPPM-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, mediante el que se concluye: “se emite Opinión Favorable a la propuesta de MPP de Sanipes y se recomienda continuar con el procedimiento de aprobación de este instrumento de gestión.”; Que, el literal cc) del artículo 5 de la Directiva establece que el Titular de la Entidad Pública, es para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, “la máxima autoridad administrativa de la entidad”;