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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Encargan despacho de alcaldía de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2025- ACSS Santiago de Surco,15 de julio de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: La Carta N° 17-A-MSS de fecha 10.07.2025, a través del cual el señor Alcalde de Santiago de Surco, Carlos Bruce Montes de Oca; solicita se le autorice ausentarse de la jurisdicción municipal y se encargue el despacho de Alcaldía desde el 19 al 31 de julio del 2025; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Estado “ las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia ”, complementado con el Artículo I del Título Preliminar de la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” que señala: “(…) Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local con personería Jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; Que, mediante la Carta N° 17-A-MSS de fecha 10.07.2025, el Alcalde, Carlos Ricardo Bruce Montes de Oca, solicita que, a través del Concejo Municipal, se disponga la encargatura del Despacho de Alcaldía, conforme a la sucesión establecida en el artículo 24° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y se le autorice a ausentarse de la jurisdicción, debido a que hará uso de su descanso vacacional. Debiendo considerarse el plazo de encargatura desde el 19 al 31 de julio del 2025. Que, sobre el descanso vacacional de los funcionarios públicos bajo el régimen del servicio civil, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ha tenido oportunidad de emitir opinión en el Informe Técnico N° 0169-2021-SERVIRGPGSC, a través del cual se señaló lo siguiente: “(…) los funcionarios públicos, están categorizados en el artículo 52 de la misma Ley N° 30057, subdividiéndose así: a) Funcionarlo público de elección popular, directa y universal; b) Funcionario público de designación o remoción regulada; y, c) Funcionario público de libre designación y remoción. Atendiendo a lo expuesto hasta este punto, queda claro que los funcionarios públicos de elección popular, directa y universal también son servidores civiles y, de encontrarse sujetos al régimen del Servicio Civil, serán acreedores del derecho al descanso vacacional conforme a las reglas establecidas en la Ley N° 30057 y su Reglamento General (aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM)” considerando dicho informe, el propio SERVIR, anota que: “(…) corresponde al propio Alcalde establecer la oportunidad de goce de su derecho vacacional, así como su suspensión, no siendo necesaria la autorización del Concejo Municipal. Sin perjuicio a ello, deberá comunicar la oportunidad de goce, así como su suspensión (de ser el caso) a la O fi cina de Recursos Humanos de la entidad, a fi n de que dicha situación se plasme en el rol de vacaciones de la entidad”; Que, ese sentido, el presente Acuerdo de Concejo, se ciñe a autorizar al Alcalde de Santiago de Surco, se ausente de la jurisdicción por motivos personales vinculados al uso de su descanso vacacional, y, se encargue el despacho de Alcaldía; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes a las normas glosadas y en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; el Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA ausentarse de la jurisdicción municipal del 19 al 31 de julio del 2025, por motivos personales vinculados al uso de su descanso vacacional. Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía, conforme a lo establecido en el artículo 24° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, por el período comprendido entre el 19 al 31 de julio del 2025. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Acuerdo, en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurco.gob.pe), y, en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2420875-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES