Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / la Comisión Técnica, el acceso a la normativa aplicable. Durante este plazo el presidente de la Comisión convoca a la Comisión Técnica y, de ser el caso, al delegado Ad hoc del Ministerio de Cultura. (…) c) En caso de dictamen “Conforme” de parte de la Comisión Técnica (para edi fi caciones ejecutadas y/o predios mayores a los 200 m 2) o Informe “Conforme” del Profesional Responsable (para unidades inmobiliarias igual o menores a los 200 m 2), la Municipalidad emite la Resolución de Regularización de Edi fi cación, debiendo el funcionario municipal, designado para tal fi n, sellar y fi rmar todos los documentos y planos, así como emitir la Resolución correspondiente, la cual debe consignarse en el Formulario Único Regularización. d) En caso de dictamen “No Conforme” de la Comisión Técnica (para edi fi caciones ejecutadas y/o predios mayores a los 200 m 2) o Informe “No Conforme” del profesional responsable (para unidades inmobiliarias igual o menores a los 200 m 2), los planos dictaminados y/o aprobados son devueltos al administrado, a quien se le otorga un plazo quince (15) días hábiles para subsanarlas, suspendiendo el plazo del procedimiento administrativo. Presentadas las respectivas subsanaciones, el cómputo del plazo se reanuda desde el momento en que fueron formuladas las observaciones. (…) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La declaración de datos falsos será de estricta responsabilidad del propietario y de los profesionales que intervengan en los procedimientos, los mismos que estarán sujetos a las sanciones administrativas, civiles y/o penales de Ley, comunicándose al mismo tiempo a los colegios profesionales correspondientes para las medidas disciplinarias a que hubiere lugar. Segunda.- No procederá otorgar Regularización de Licencia de Edi fi cación de encontrarse cuestionada la titularidad del predio mediante proceso judicial o de no haberse solucionado el reclamo o queja presentada ante la entidad por daños materiales ocasionados por la ejecución de la obra o afectación del registro visual a predios colindantes. Tercera.- Facúltese a la Señora Alcaldesa para que a través de Decreto de Alcaldía disponga su prorroga y dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro y a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la difusión de la misma. Quinta.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2420322-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Designan Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 080-2025/ MDSJM San Juan de Mira fl ores, 15 de julio de 2025LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Memorándum N° 631-2025-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; e Informe N° 392-2025-OGRRHH- MDSJM de la O fi cina General de Recursos Humanos; sobre designación de auxiliar coactivo; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979 – del Procedimiento de Ejecución Coactiva, indicando en su artículo 7º, numeral 7.1), que la designación del ejecutor coactivo, como la del auxiliar coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos; y su numeral 7.2), estipula que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, la norma citada en el párrafo precedente, no establece el régimen laboral del ejecutor, ni del auxiliar coactivo, pero la Ley Nº 27204 precisa que los precitados cargos no son de con fi anza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual éstos representan, haciéndose necesaria su designación mediante la emisión de una resolución de alcaldía que le permita ejercer sus funciones de conformidad con el artículo 7º del TUO antes mencionado; Que, mediante Informe Nº 392-2025-OGRRHH/ MDSJM, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que se ha procedido a llevar a cabo el Proceso CAS Nº 023-2025-MDSJM, para la contratación de un (1) auxiliar coactivo para la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, habiendo resultado ganadora la CPC Jaqueline Denisse Narrea Mori, con quien se ha suscrito el Contrato Administrativo de Servicios N° 0358-2025; solicitando asimismo emitir el acto resolutivo correspondiente; lo que cuenta con la conformidad de la Gerencia Municipal, de acuerdo al Memorándum N° 631-2025-GM/MDSJM; De conformidad con los artículos 20°, numeral 6), y 43° de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – del Procedimiento de Cobranza Coactiva; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la CPC JAQUELINE DENISSE NARREA MORI, como Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva - Gerencia de Administración Tributaria - de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057- Régimen CAS. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina General de Recursos Humanos y O fi cina General de Administración, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la noti fi cación de la presente resolución a la profesional designada y su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; así como a la O fi cina de Tecnología de la Información, su publicación en la página web de la entidad: www.munisjm.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2421105-1