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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / niños y adolescentes en situación de riesgo y desprotección familiar de la Región Junín, a fi n de institucionalizar la práctica favorable de los servicios dirigidos a esta población, mediante el trabajo coordinado con la Mesa Multisectorial por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes en Riesgo y Desprotección Familiar – Región Junín. Artículo Segundo.- ESTABLECER, como Política Pública Regional la atención preferencial y diferenciada en los Centros de Salud y Hospitales de la Región Junín a niñas, niños y adolescentes que residen en los Centros de Acogida Residencial; atención medica integral dos veces al año y según se requiera, atención medica según fi cha integral en caso de adopciones, atención en psicología y psiquiatría y otras atenciones en caso de urgencias. Artículo Tercero.- ESTABLECER, como Política Pública Regional la educación inclusiva para niñas, niños y adolescentes con Discapacidad (acreditado por CONADIS) y que las Instituciones Educativas de la Región brinden el servicio educativo según las necesidades de las niñas, niños y adolescentes residentes en los Centros de Acogida Residencial, de manera que; otorguen facilidades para el acceso a vacantes en fechas indistintas según la llegada de nuevos residentes a los CAR (previa coordinación con las I.E.), exoneración de pagos y reuniones de APAFA, exoneración de faenas dentro de las I.E., exoneración de cuotas y organización para la preparación de los alimentos del programa Wasi Mikuna o quien haga sus veces, exoneración del programa preventivo de brigada de autoprotección escolar - BAPES. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal del Gobierno Regional de Junín. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 20 días del mes de mayo del año 2025. YONI A. BALBÍN PEÑA Presidente del Consejo Regional de Junín Consejo Regional POR LO TANTO: Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 30 días del mes de mayo del 2025. ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Gobernador Regional 2410759-1 Ordenanza Regional que aprueba la creación del Registro Regional de Personas con Discapacidad del Gobierno Regional Junín ORDENANZA REGIONAL Nº 416-2025-GRJ/CR VISTO: Dictamen Nº 003-2025-GRJ-CR/ CPDDHHMyF, de fecha 20.05.2025. POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 60 de la citada Ley Orgánica, re fi ere que una de las funciones del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, es la de formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, el artículo 69 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que los Gobiernos Regionales contemplan en su estructura orgánica una O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) y contemplan en su presupuesto anual los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad; el literal i) del artículo 69.2 de la mencionada Ley General, precisa como función de la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad el administrar el Registro Regional de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad a cargo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad; Que, en ese sentido, resulta necesario la implementación del Registro Regional de las Personas con Discapacidad del Gobierno Regional Junín, el cual contiene los registros detallados en el numeral 78.1 del artículo 78 de la Ley Nº 29973, con excepción del Registro de sanciones por el incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad; y, otros que por su naturaleza sean solo de alcance nacional, por disposición de la propia norma que los cree; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 004-2018-CONADIS/PRE se aprobó la Directiva Nº 001-2018-CONADIS/PRE, “Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad”, la misma que tiene por objetivo establecer los lineamientos para la constitución e implementación de los Registros Regionales y Municipales de la persona con discapacidad; Que, el artículo 49 de la Ley Nº 29973 Ley General de la Persona con discapacidad, establece que las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal. Que, contando con el Informe Técnico y legal favorable, y estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Junín de fecha 20 de mayo 2025 y el Dictamen Nº 003-2025-GRJ-CR/ CPDDHHMyF presentado por la Comisión Permanente de Derecho Humanos Mujer y Familia; el cual después de un análisis y debate correspondiente, fue sometido a votación, contando con el voto UNÁNIME la siguiente; “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL REGISTRO REGIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR la Creación del Registro Regional de Personas con Discapacidad del Gobierno Regional Junín, con el fi n de administrar el Registro Regional de la Personas con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, el mismo que constituye la base de datos personales de las personas que tienen algún tipo de discapacidad, el número de personas con estas condiciones, que tipos son más frecuentes, su grado de severidad, el tiempo que tiene esta condición, uni fi cando los datos regionales para mejorar las políticas de ayuda a personas con discapacidad y sus familiares; el cual comprende los registros detallados en el numeral 78.1 del artículo 78 de la Ley Nº 29973, con excepción el Registro