TEXTO PAGINA: 70
70 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de julio de 2025 El Peruano / y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 07-2025- MPC, de fecha 28 de marzo del 2025, se resuelve: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO RINCONADA DE CONTA DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL - PROVINCIA CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, en el marco dispuesto en la Ley N° 31079, bajo la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. Que, en dicha ordenanza, se advierte que se incurrió en error material ya que no se aprueba el contenido total de la “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO RINCONADA DE CONTA, DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL, PROVINCIA DE CAÑETE - DEPARTAMENTO DE LIMA A LOS ALCANCES DE LA LEY N° 31079, QUE MODIFICA LA LEY 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES”, en su ARTÍCULO PRIMERO. Que, el Artículo 201° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser recti fi cados de o fi cio y con efecto retroactivo en cualquier momento siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Asimismo, precisa que dicha recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original, de conformidad con los fundamentos expuestos. Que, mediante Informe Legal N° 582-2025-OGAJ- MPC, recepcionado el 25 de junio de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluyó: “que, es viable elevar los presentes actuados al pleno del concejo municipal para deliberar y determinar la aprobación de la ORDENANZA MUNICIPAL QUE CORRIGE EL ERROR MATERIAL CONTENIDO EN LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 07-2025-MPC, remitiéndose previamente a la Comisión de Desarrollo Social y Humano, para emitir dictamen correspondiente”. Que, mediante Memorándum N° 809-2025-GM- MPC, recepcionado el 25 de junio de 2025, la Gerencia Municipal, traslada la documentación a fi n de que sea remitido a la Comisión de Desarrollo Social y Participación Vecinal. Que, con Informe N° 1628-2025-OGSG-MPC, recepcionado el 25 de junio de 2025, la O fi cina General de Secretaría General, corre traslado de la documentación Comisión de Desarrollo Social y Participación Vecinal, a fi n de que emita el dictamen correspondiente. Que, mediante Dictamen N° 06-2025-CODSYPV- MPC, recepcionado el 25 de junio de 2025, la Comisión de Desarrollo Social y de Participación Vecinal, concluye: “Que, es procedente la aprobación de la corrección del error material incoado en la Ordenanza Municipal N° 07-2025-MPC, que se encargue a la O fi cina General de Secretaría General el diligenciamiento que permita adoptar formas y modalidades de comunicación o publicación de la ordenanza primigenia”. Que de conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CORRIGE EL ERROR MATERIAL CONTENIDO EN LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 07-2025-MPC Artículo 1°.- CORREGIR con efecto retroactivo a la fecha de la emisión o fi cial de la ORDENANZA MUNICIPAL N° 07-2025-MPC, el error material advertido en el ARTÍCULO PRIMERO, quedando redactado de la siguiente manera: DICE:Artículo Primero.- APROBAR la ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO RINCONADA DE CONTA DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL - PROVINCIA CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, en el marco dispuesto en la Ley N° 31079, bajo la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. (…)DEBE DECIR:Artículo Primero.- APROBAR la ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO RINCONADA DE CONTA DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL - PROVINCIA CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, que constan en siete (07) capítulos, dieciocho (18) artículos y cuatro (04) disposiciones transitorias fi nales, que forman parte integrante de la presente ordenanza, en el marco dispuesto en la Ley N° 31079, bajo la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. (…)Artículo 2°.- RATIFICAR en todos los demás extremos el contenido de la ORDENANZA MUNICIPAL N° 07-2025-MPC Artículo 3°.- ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE SECRETARIA GENERAL noti fi car la presente resolución a las partes interesadas y a las distintas unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Cañete, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 4°.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización e Informática la publicación del presente acto resolutivo en el Portal Institucional de la corporación edil (www.municanete.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ TOMAS ALCÁNTARA MALASQUEZ Alcalde 2415342-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza que aprueba la modificación parcial del “Plan de Desarrollo Urbano Moquegua Samegua 2016 - 2026” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2025- MPMN Moquegua, 4 de julio de 2025VISTO:En “Sesión Ordinaria” del 02-07-2025, el Dictamen Nº 24-2025-CODUAAT-MPMN de Registro Nº 2528623-2025 de fecha 20-06-2025, sobre Proyecto de Modi fi cación parcial del “Plan de Desarrollo Urbano Moquegua Samegua 2016 - 2026”, según Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN y Ordenanza Municipal Nº 007- 2025-MPMN, conforme a la delimitación del ámbito de intervención Distrito de San Antonio y Distrito de Moquegua; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía