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54 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de julio de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dejan sin efecto el D.A. N° 006-2006- ALC/MSI, que aprobó la Directiva N° 029-2006/MSI, “Disposiciones para la atención preferente a las mujeres embarazadas, niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad en lugares de atención al público” DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2025-ALC/MSI San Isidro, 21 de julio de 2025LA ALCALDESA DE SAN ISIDROVISTOS: el Memorando N° D000250-2025-06.0.0-SG/ MSI de la Secretaría General; y, el Informe N° D000135- 2025-04.0.0-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, con fecha 24 de enero de 2001 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Ley N° 27408, Ley que establece la atención preferente a las mujeres embarazadas, las niñas, niños, los adultos mayores, en lugares de atención al público; Que, con Decreto de Alcaldía N° 006-2006-ALC/MSI, de fecha 15 de mayo de 2006, se aprobó la Directiva N° 029-2006/MSI, “Disposiciones para la atención preferente a las mujeres embarazadas, niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad en lugares de atención al público”; Que, mediante el documento de vistos, la Secretaría General informa que con Resolución de Gerencia Municipal N° 065-2025-0200-GM/MSI del 30 de abril de 2025, se aprobó la Directiva N° 009-2025/ MSI, “Directiva que regula la Gestión Documental en la Municipalidad de San Isidro”, la misma que regula, entre otros, la atención preferente a las mujeres embarazadas, las niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad, según lo establecido en la Ley N° 27408 y normativa vigente; Que, en ese contexto, y a fi n de evitar duplicidad normativa y garantizar la coherencia del marco normativo institucional, resulta necesario dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 006-2006-ALC/MSI, que aprobó la Directiva N° 029-2006/MSI, “Disposiciones para la atención preferente a las mujeres embarazadas, niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad en lugares de atención al público”; Que, estando a lo opinado por la Secretaría General, mediante el Memorando N° D000250-2025-06.0.0-SG/ MSI, y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° D000135-2025-04.0.0-GAJ/MSI; y, Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y lo señalado por el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía N° 006-2006-ALC/MSI, de fecha 15 de mayo de 2006, que aprobó la Directiva N° 029-2006/MSI, “Disposiciones para la atención preferente a las mujeres embarazadas, niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad en lugares de atención al público”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2421323-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 559/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 17 de julio de 2025 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimiento administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en nuestra jurisdicción; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley N° 30305 - de Reforma Constitucional - establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades, cuyo artículo 40° señala que mediante ordenanzas municipales se regulan, administran y supervisan los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, con Ordenanza N° 2682, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 19 de diciembre de 2024, la Municipalidad Metropolitana de Lima regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima, cuya Octava Disposición Complementaria Final precisa que las municipalidades distritales se encuentran facultadas para regular complementariamente los procedimientos y las disposiciones técnicas para autorizar la ubicación de elementos de publicidad exterior en el ámbito de sus competencias; Que, dentro del marco legal antedicho, la Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial propone