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58 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de julio de 2025 El Peruano / 41. Retiro municipal. Es la distancia mínima o fi cial que debe existir entre el límite de propiedad y el límite de la edi fi cación de acuerdo a las normas de Zoni fi cación y a los Parámetros Urbanísticos vigentes. 42. Seguro de responsabilidad civil. Es el contrato celebrado con la compañía aseguradora, quien otorga un monto de indemnización al asegurado, por los daños y perjuicios que el elemento de publicidad exterior pueda generar a terceros. 43. Separador . Espacio o dispositivo estrecho y ligeramente saliente, distinto de una franja o línea pintada, situado longitudinalmente para separar el tránsito de la misma o distinta dirección y dispuesto de tal forma que intimide e impida el paso de vehículos entre calzadas o carriles. 44. Separador central . Es la franja que divide una pista principal de otra pista principal. 45. Separador lateral . Es la franja que divide una pista secundaria de una pista principal, y que puede servir de conexión entre las mismas. 46. Túnel . Todo tramo de carretera longitudinalmente cubierto por un armazón de concreto y/o pavimento. 47. Ubicación de Elemento de Publicidad Exterior (EPE) . Es el lugar autorizado por la autoridad municipal, donde se ubicará el elemento de publicidad exterior. 48. Unidad móvil con Elemento de Publicidad Exterior (EPE) . Unidad vehicular, de uso particular, de servicios de transporte público, universitario, escolar, de personal, de transporte turístico, de mercancías, de carrocería tipo: pick up, cargo bus, chasis cabinado, remolcador, remolcador grúa, baranda, volquete y furgón; casas rodantes y unidades con carrocería de otros usos especiales; comprendidos en las categorías M1, M2, M3, N1, N2, N3, O1, O2, O3, O4, portadoras de uno o más elementos de publicidad exterior que circulen por la jurisdicción del distrito. 49. Vereda. Parte pavimentada de una vía, de uso para la circulación de personas. 50. Vía. Espacio destinado al tránsito de vehículos y/o personas. 51. Vías arteriales . Aquellas vías de un sistema urbano que tiene prelación de circulación de tránsito sobre las demás vías. 52. Vías colectoras . Aquellas vías que permiten la integración entre las vías locales, las vías arteriales o las vías auxiliares de las vías expresas. 53. Vías expresas . Aquellas vías que forman parte del Sistema Nacional de Carreteras, que cruzan el Área Metropolitana de Lima - Callao, y se vinculan con el resto del país. 54. Vías locales . Aquellas vías que sirven a los distritos y su función principal es permitir el acceso a los predios. CAPITULO II.- TIPOLOGÍA Y CARACATERÍSTICAS Artículo 11º.- TIPOLOGÍA DE LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR .- Los elementos de publicidad exterior, por sus características físicas y forma, se clasi fi can en: 1. A fi che. Elemento de publicidad exterior de naturaleza temporal, cuyo material puede ser una lámina de papel, vinil, cartón o material similar, que puede adherirse a una super fi cie. 2. Bandera . elemento de publicidad exterior, cuyo material puede ser tela u otro material similar; y que se sujeta de sus extremos a un soporte vertical. 3. Banderola. Son de naturaleza temporal, cuya leyenda es impreso o pegado sobre tela, lona plasti fi cada u otro material similar y que se sujeta de sus extremos o de algún otro elemento que lo sostenga, que no necesita estructura propia para su exhibición. 4. Infl able publicitario. Es elemento de publicidad exterior de naturaleza temporal, cuyo mensaje se presenta en material fl exible, de formas distintas y con un sistema de llenado de aire a presión, pudiendo ser continuo o sellado, la misma que está sujeta a una super fi cie fi ja a nivel del suelo para su sostenimiento.5. Panel Simple. Elemento de publicidad exterior autoportante, cuya estructura puede ser de madera o plástico o metálico, sostenido con uno o más parantes, adosado a un muro o columna y carrocería de unidad móvil de Otros Usos Especiales. Pueden ubicarse en bien de dominio público, bien de dominio privado y unidades móviles. 6. Panel monumental. Elemento de publicidad exterior que cuenta con un área de exhibición que puede ser de una (1) a dos (2) caras, con una estructura metálica especial con dos o más puntos de apoyo, el cual incluye o no cimiento tipo zapata; siendo edi fi cadas de conformidad con las disposiciones establecidas en el Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE) y las normas técnicas que le sean aplicables, o las que la sustituyan. 7. Panel monumental unipolar. Elemento de publicidad exterior que cuente con una estructura metálica especial con un solo punto de apoyo, el cual incluye cimiento tipo zapata, con acceso vertical a la canastilla del área de exhibición, que puede ser de una (1) o de dos (2) caras. 8. Paleta publicitaria . Elemento de publicidad exterior cuya estructura puede ser de forma rectangular o de forma de clip; se encuentran anclados al suelo para su sostenimiento o soporte. Siendo de uno (1) o de dos (2) caras; cuyas dimensiones no son mayores a 2.00m de altura por 1.20m de ancho con 0.35m de espesor. 9. Plancheta publicitaria . Es el elemento simple sin iluminación, que se coloca perpendicularmente a un paramento o muro exterior, de material plástico, metal o similar, con dimensiones máximas de 30 cm x 30 cm y espesor máximo de 5 mm. 10. Rótulos adhesivos . Elementos de publicidad exterior de material vinil autoadhesivo con una dimensión máxima de 70 cm x 70 cm, que se adhiere en super fi cies cercos de obras en construcción o demolición, surtidores y dispensadores de las estaciones de servicio, casetas de ventas, o adheridas en vallas, o adosado en la estructura metálica ubicada en la parte posterior de las unidades móviles con carrocería de “Otros Usos Especiales” que cuenten con la inmatriculación vigente. 11. Tótem . Elemento de publicidad exterior con estructura metálica o concreto autoportante de forma vertical, con cimentación de concreto (zapata) para su sostenimiento, cuya área de exhibición es hasta dos (2) caras, ubicados en bien de dominio público y bien de dominio privado (estaciones de grifos y mega centros comerciales); cuenta con una dimensión máxima de 2.00m de ancho y una altura de 15.00 m. 12. Vallas. Elemento cuyas características son iguales a las de una cartelera, pero que es de propiedad privada y sólo puede ser instalada en los cercos. 13. Volumétrico. Elemento de publicidad exterior tridimensional fi jo o giratorio, soportado en uno o más parantes. Artículo 12°- CLASIFICACIÓN TÉCNICA DE LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR.- Los anuncios o avisos publicitarios por sus características técnicas de exhibición del anuncio, se clasi fi can en: 1. Especial . Por presentar para su exhibición medios mecánicos, electromecánicos, eléctricos, electrónicos, pantallas LED o la combinación de todos ellos. 2. Luminoso . Por presentar en el interior de su estructuración, uno o más elementos de iluminación. 3. Iluminado . Por contener en su exterior uno o más elementos de iluminación. 4. Sencillo . No cuenta con la presencia de algún sistema o ubicación eléctrica o de energía TÍTULO IV.- PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR CAPÍTULO I.- DE LA AUTORIZACIÓN Artículo 13º.- PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR. - La autorización municipal es el documento otorgado por la Subgerencia de