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24 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 001459-2025/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que dispone la creación de la División de Maniobras contra el Tráfi co Ilícito de Drogas - VRAEM; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017- IN; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la creación de la División de Maniobras contra el Trá fi co Ilícito de Drogas - VRAEM, dependiente de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, cuyo ámbito geográ fi co comprende las siguientes jurisdicciones policiales: - Región Policial Ayacucho, departamento de Ayacucho. - Región Policial Apurímac, departamento de Apurímac. - Región Policial Cusco, departamento de Cusco.- Región Policial Ica, departamento de Ica.- Región Policial Huancavelica, provincias de Huancavelica, Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna y Huaytará del departamento de Huancavelica. - Frente Policial VRAEM. La estructura y funciones de la División de Maniobras contra el Trá fi co Ilícito de Drogas - VRAEM se rigen por lo dispuesto en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN. Artículo 2.- La Comandancia General de la Policía Nacional del Perú dispondrá las acciones correspondientes para la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y de la Policía Nacional del Perú (www.policia.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS Ministro del Interior 2406954-1 Autorizan viaje de personal policial a Bolivia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1041-2025-IN Lima, 6 de junio de 2025 VISTOS, el O fi cio Nº 896-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe Nº 001524-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 12-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVCIEA-AGREPOL-BOLIVIA, de fecha 17 de febrero de 2025, la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia remitió a la División de Cooperación Internacional, Enlaces y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, las ofertas académicas para el personal policial que ofrece la Policía Boliviana, referenciadas con las notas CITE: MG/VDS-SC/DESP. Nº 037/2025 y Cite: Nº 036/25. Asimismo, mediante Cite: Nº 152/25, de fecha 6 de mayo de 2025, la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotrá fi co del Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, valida mediante nota Stria. Gral. Cite N.º 153/2025 e Informe de fecha 30 de abril de 2025, la designación del Alférez de la Policía Nacional del Perú ANGEL ARMANDO TABOADA VALLE para participar en el “Curso Internacional de Operaciones Aeromóviles”, a realizarse del 11 al 30 de junio de 2025, en la ciudad de Cochabamba del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Informe Nº 163-2025-COMOPPOL- PNP/DIRASINT-DIVICCT, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Alférez de la Policía Nacional del Perú ANGEL ARMANDO TABOADA VALLE, en la misión de estudios referida precedentemente; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 164-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del 12 al 28 de junio de 2025, a la ciudad de Cochabamba del Estado Plurinacional de Bolivia; precisando que la participación del personal policial resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, fortalecerá las capacidades operativas en la ejecución de in fi ltraciones y extracciones en zonas rurales, a través del uso de técnicas helitácticas, además, permitirá potenciar las competencias tácticas de intervención en operaciones antidrogas y de interdicción, aportando conocimientos actualizados que podrán ser replicados en las unidades operativas de la Policía Nacional del Perú; Que, la participación del mencionado personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) es asumido por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001854, asimismo, por concepto de costos de educación, material didáctico, alimentación, traslados internos y alojamiento serán asumidos por la Policía Boliviana, conforme lo precisado en el punto 8 de la Oferta Académica, y por concepto de seguro médico internacional y cualquier otro costo gasto que origine su participación, serán asumidos por el referido personal policial, conforme lo señala su Declaración Jurada Simple de fecha 14 de mayo de 2025, y la Hoja de Estudio y Opinión Nº 164-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse