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22 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / INTERIOR Autorizan viaje de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1018-2025-IN Lima, 3 de junio de 2025 VISTOS, el O fi cio Nº 000653-2025-GG-MIGRACIONES de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, y el Informe Nº 001595-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio RE (DGC) Nº 2-10-E/510, del 21 de mayo de 2025, el Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares extiende invitación al Superintendente Nacional de Migraciones, con el propósito de que participe en la reunión de la Mesa Técnica en el marco del “Mecanismo Binacional para Asuntos Migratorios y de Movilidad Humana entre la República del Ecuador y la República del Perú”, evento que se llevará a cabo el 16 de junio de 2025, en la ciudad de Quito de la República del Ecuador; Que, con Informe Nº 000146-2025-DPM- MIGRACIONES, la Dirección de Política Migratoria de MIGRACIONES, sustenta la importancia y viabilidad de la participación de la Superintendencia Nacional de Migraciones en la Mesa Técnica en el marco del “Mecanismo Binacional para Asuntos Migratorios y de Movilidad Humana entre la República del Ecuador y la República del Perú”; reconociendo que la participación en el mencionado evento representa una oportunidad para el fortalecimiento de la gestión migratoria del país, ya que permite el diálogo directo y la articulación con autoridades ecuatorianas en temas como el control fronterizo, la prevención de delitos transnacionales y la atención a fl ujos migratorios irregulares; asimismo, se encuentra alineada con los principios de la Política Nacional Migratoria (PNM) 2017-2025, el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular y la Agenda 2030; Que, mediante Informe Nº 000353-2025-OAJ- MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica de MIGRACIONES estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor ARMANDO BENJAMÍN GARCÍA CHUNGA, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, para que participe en la Mesa Técnica en el marco del “Mecanismo Binacional para Asuntos Migratorios y de Movilidad Humana entre la República del Ecuador y la República del Perú”; Que, en ese sentido, la participación del señor ARMANDO BENJAMÍN GARCÍA CHUNGA, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, se encuentran en el ámbito de competencia de MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones – Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, Sector: 07 Interior, conforme se indica en los Informes Nº 001033-2025-UA-MIGRACIONES y Nº 001412-2025-UPP-MIGRACIONES y en las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002900 y Nº 0000002904; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, de acuerdo al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, para el caso de los servidores públicos de los Ministerios y de los Órganos Públicos Descentralizados correspondientes, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; del mismo modo, se establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor ARMANDO BENJAMÍN GARCÍA CHUNGA, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 15 al 17 de junio de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - Migraciones; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor ARMANDO BENJAMÍN GARCÍA CHUNGA, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 15 al 17 de junio de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones – Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, Sector: 07 Interior, de acuerdo al siguiente detalle: