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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (19/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 19 de junio de 2025 El Peruano / de Justicia de Ica, a causa de los problemas de energía eléctrica manifestado por el Coordinador de Informática de la Gerencia de la Administración Distrital de la misma Corte Superior. Tercero. Que, frente a los acontecimientos acaecidos, se requiere adoptar medidas que tutelen los derechos de los justiciables, quienes no pueden verse perjudicados por sucesos ajenos a la actividad procesal; en ese sentido, corresponde dictar disposiciones que regulen los procesos que pudieran verse afectados. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que, deviene en pertinente dictar las medidas necesarias, a fi n de no afectar a los usuarios del servicio de justicia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 752-2025 de la vigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Suspender, con efectividad los días 12, 13, 14 y 17 de febrero de 2025 los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Ica, en atención a los problemas referidos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Gerencia General del Poder Judicial, informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a las acciones realizadas para el adecuado funcionamiento de los sistemas informáticos que se han visto afectados. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, O fi cina de Administración y Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2410750-1 Disponen medidas administrativas en órganos jurisdiccionales del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima, en las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Callao, Junín, Lambayeque y Tumbes, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000192-2025-CE-PJ Lima, 17 de junio del 2025VISTO:El O fi cio N° 000052-2025-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, mediante el cual propone las medidas administrativas pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 000131-2025-CE-PJ. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000131-2025-CE-PJ, de fecha 11 de abril de 2025, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan de implementación de los órganos jurisdiccionales permanentes del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio 2025-2028”, y dispuso la creación de 8 órganos jurisdiccionales permanentes especializados en extinción de dominio en los Distritos Judiciales de Lima, Callao, Ayacucho, Lambayeque, Tumbes, Junín, así como el fortalecimiento de la Coordinación Nacional del mencionado Subsistema, con los respectivos cambios de denominación. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000149-2025-CE-PJ se precisó el contenido del artículo segundo y tercero de la Resolución Administrativa N° 000131-2025-CE-PJ, en el sentido que los órganos jurisdiccionales permanentes especializados en extinción de dominio con sede en Lima, forman parte del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio y seguirán adscritos a la Corte Suprema de Justicia de la República, en el marco de lo dispuesto, en su oportunidad, en la Resolución Administrativa N° 122-2019-CE-PJ; asimismo, estableció la denominación correcta de los órganos jurisdiccionales permanentes especializados en extinción de dominio con sede en Lima. Tercero. Que, el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 000131-2025-CE-PJ dispuso que la carga en adición de funciones en materia penal se redistribuya a los órganos jurisdiccionales del Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios de Sistema de Justicia Penal”. En atención a la citada disposición la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal en coordinación con la Secretaría Técnica del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, propone las medidas administrativas pertinentes para asegurar que los procesos judiciales no se afecten en su procedimiento o causen nulidades. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 730-2025 de la vigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Ofi cial del Bicentenario El Peruano, entren en vigencia las siguientes medidas administrativas: 1.1 Cerrar el turno judicial del Juzgado Permanente Especializado en Extinción de Dominio de Lima, Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Lima y Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de Lima, todos del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima. 1.2 Ampliar la competencia territorial y funcional del Segundo Juzgado Permanente Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima y Sala de Apelaciones Permanente en Extinción de Dominio con sede en Lima, ambos del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima para el conocimiento de los procesos de Extinción de Bienes en el extranjero, ubicados en más de un distrito judicial y de Criminalidad Organizada.