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109 NORMAS LEGALES Jueves 13 de marzo de 2025 El Peruano / y su nivel de bienestar, mediante la caracterización y el diagnóstico de variables); Fase 4: el seguimiento y la evaluación de políticas y planes para la mejora continua (se recoge y analiza información de los indicadores defi nidos en los planes para veri fi car el avance hacia el logro de la imagen del territorio deseado, así como el uso de los recursos asignados con ese fi n); Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 028-2021-CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial; Que, con el Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM, se aprobó la Política Nacional de la Gestión Pública al 2030; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 094-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Plan de Desarrollo Local Concertado Provincial y Distrital para mejora de planes estratégicos con enfoque territorial; Que, con la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 103-2023-CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos”; Que, con la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 105-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la guía de prospectiva para política y planes del SINAPLAN; Que, se realizaron los talleres participativos para la formulación y validación de los productos del Plan de Desarrollo Local Concertado; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 196-2023-MPA/A de fecha 1 de agosto de 2023, se dio inicio al proceso de Planeamiento Estratégico para la formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado Atalaya 2023-2034 y se conformó el Equipo Ampliado de Planeamiento Estratégico Territorial; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (...); Que, a través del O fi cio Nº 000855-2024-CEPLAN- DNCP de fecha 17 de septiembre de 2024, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) se dirige al Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Atalaya, solicitando se valide la Fase 02 “Futuro Deseado” del proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Atalaya; Que, mediante O fi cio Nº 001289-2024-CEPLAN- DNCP de fecha 31 de diciembre del 2024, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) se dirige al Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Atalaya, remitiendo el Informe Técnico Nº 000194-2024-CEPLAN-DNCPPDLC, el mismo que contiene la evaluación de la Fase 03 “Políticas y Planes Coordinados”, concluyéndose que se cumplen los lineamentos metodológicos del CEPLAN; Que, con el Informe Técnico Nº 002-2025-SGPyR/ GPPyR-MPA de fecha 23 de enero de 2025, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización se dirige a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, indicando que el Planeamiento Estratégico tiene como objetivo orientar la gestión pública hacia el logro de resultados, a través de la formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Atalaya 2025-2034, siguiendo los lineamientos establecidos por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; por tal razón, se considera necesario tramitar ante las instancias competentes la aprobación de este plan, mediante ordenanza municipal; Que, mediante Informe Nº 039-2025-MPA- GPPR de fecha 27 de enero de 2025, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización se dirige a la Gerencia Municipal a fi n de remitir el Informe Técnico Nº 002-2025-SGPyR/GPPyR-MPA, concluyendo que es procedente la aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Atalaya 2025-2034 mediante ordenanza municipal, al haberse cumplido con los requisitos técnicos y metodológicos establecidos por CEPLAN, por lo que se recomienda elevar el presente a la Gerencia de Asesoría Jurídica para la opinión legal correspondiente; Que, con la Opinión Legal Nº 033-2025-MPA/GAJ-PRLO de fecha 27 de enero de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, OPINA: que resulta legalmente procedente emitir la ordenanza municipal que aprueba el “Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Atalaya 2025-2034”; asimismo, recomienda derivar los actuados administrativos a la O fi cina de Secretaría General, a fi n de poner el asunto en consideración del Concejo Municipal para su revisión, debate y anuencia respectiva; Estando a la atribución conferida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y al Acuerdo de Concejo Nº 009-2025-MPA, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 003-2025-MPA de fecha 17 de febrero de 2025, por unanimidad de votos de los miembros del Concejo Municipal y, de conformidad con lo establecido por el artículo 41º de la precitada Ley; se emite la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE ATALAYA 2025-2034.” SE ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE ATALAYA 2025-2034”, el mismo que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación y que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza municipal, el cual consta de: 1.- Presentación. 2.- Imagen del Territorio actual.3.- Imagen del Territorio deseado al 2034.4.- Objetivos, Acciones estratégicas Provinciales con sus indicadores y logros. 5.- Anexos: • Diagnóstico del Territorio. • Análisis de futuros.• Diseño del futuro deseado.• Matriz de determinación de Objetivos Estratégicos Provinciales. • Matriz de determinación de Acciones Estratégicas Provinciales. • Fichas de Acciones Estratégicas Provinciales.• Fichas de inversiones estratégicas con enfoque territorial. • Matriz de articulación de planes.• Fichas de indicadores. • Fichas Técnicas de Indicadores de Objetivos Estratégicos Provinciales y Acciones Estratégicas Provinciales. • Acta del proceso (Taller y CCLP) y registro fotográ fi co. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el proceso de seguimiento del presente Plan de Desarrollo Local Concertado al 2034, para su cumplimiento. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Atalaya, consideren como referencia el PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE ATALAYA 2025-2034, en la formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos. Artículo Cuarto.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza municipal, así como para determinar y aprobar su prórroga, si fuera el caso. Artículo Quinto.- DEROGAR toda disposición o norma que se oponga en la presente ordenanza municipal.