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26 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través de los informes de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación de distintas autoridades políticas a nivel nacional; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta presentada por la Dirección de Autoridades Políticas cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos y no se encuentran impedidos/as para el ejercicio de la función pública; Que, la propuesta efectuada ha seguido con los lineamientos establecidos por la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN “Directiva para la designación, remoción, aceptación de renuncia y encargatura de puesto y funciones de las autoridades políticas a nivel nacional”;Que, al inicio y cese de su gestión, las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución Ministerial N° 0771-2024-IN del 11 de junio de 2024, que aprueba la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefectos(as) Distritales a los siguientes ciudadanos: N° NOMBRES APELLIDO PA TERNO APELLIDO MA TERNO DNI DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1. ERITSA GUEVARA SAAVEDRA 76352838 OCUMAL LUYA AMAZONAS 2. TITO GOMER MANCILLA GOMEZ 28247927 SAN JUAN BAUTISTA HUAMANGA AYACUCHO 3. ROSARIO ARONI LOZANO 42302149 YURUA ATALAYA UCAYALI4. KEYLLA TATIANA ZULOETA ROMERO 47255962 TUMAN CHICLAYO LAMBAYEQUE Artículo 2.- Las autoridades políticas designadas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO LUIS ACCINELLI NOLTE Director GeneralDirección General de Gobierno Interior 2382615-1 SALUD Aprueban Documento Técnico: Perfil de competencias esenciales que orientan la formación de los profesionales de la salud. Tercera Fase: Trabajador (a) Social Peruano (a) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 188-2025/ MINSA Lima, 19 de marzo del 2025 VISTO; el Expediente Nº DIGEP-DIPLAN20240000608, que contiene el Informe Nº D000017-2024-DIGEP-DIPLAN-AAT-MINSA, de la Dirección General de Personal de la Salud; y el Informe Nº D001284-2024-OGAJ-MINSA, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, el numeral XV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que el Estado promueve la investigación cientí fi ca y tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector. Asimismo, su fi nalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación de la salud de la población; Que, el numeral 7) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, precisa que, es ámbito de competencia del Ministerio de Salud, los Recursos Humanos en Salud; asimismo, de acuerdo con el literal e) del artículo 7 de la referida norma, modi fi cado por la Ley Nº 30895, en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud tiene como función especí fi ca, promover y participar en el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades y competencias de los recursos humanos en salud; Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, el Sector Salud, está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, asimismo, según el literal 4-A2 del artículo 4-A de la citada norma, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, el Ministerio de Salud, como ente rector del Sistema Nacional de Salud, y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa