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25 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe N° 010-2025/MINEM-OGPP-OPRE, emitió opinión favorable para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de los diversos Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco Millones Doscientos Mil y 00/100 soles); Que, a través del Informe N° 064-2025-MINEM/OGPP- ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se pronuncia, indicando que el GORE Callao cumplió con presentar los Informes de Avances y Logros del Convenio 2024, dando la conformidad de los mismos a través de los Informes N° 197-2024-MINEM/OGPP-ODICR, N° 247-2024-MINEM/OGPP-ODICR, N° 325-2024-MINEM/OGPP-ODICR y N° 010-2025-MINEM/OGPP-ODICR, a fi n que se realice la transferencia a favor del mencionado GORE, cumpliéndose así con lo establecido en la Cláusula Quinta del citado Convenio; Que, la O fi cina de Presupuesto ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2025-00019- 001, con cargo a la Meta Nº 0050 y SIAF Nº 0000000019, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe Nº 056-2025/MINEM-OGA-OFIN, informa que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros hasta el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y cuenta con los documentos sustentatorios requeridos que permiten realizar la transferencia fi nanciera a favor del GORE Callao, en el marco de la Ley N° 32185, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 203-2025-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la expedición del acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del GORE Callao; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), a favor del GORE Callao; Con los vistos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina Financiera y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), a favor del Pliego 464: Gobierno Regional del Callao, para ser destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de sus funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 200 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 464 : Gobierno Regional del Callao 200 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Callao - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 1028 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : N° 20505703554 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2025. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2382465-1 INTERIOR Designan Subprefectos(as) Distritales en los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Ucayali y Lambayeque RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 145-2025-IN-VOI- DGIN Lima, 17 de marzo de 2025 VISTO: El Informe N° 000397-2025/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 10 de marzo de 2025, emitido por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior y el Informe N° 000095-2025-IN-OGRH-ODRH de fecha 17 de marzo de 2025, emitido por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1266, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, cuyo numeral 13, del inciso 5.2, del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de