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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2025 (21/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / documentación a efectos de subsanar las observaciones advertidas a través del O fi cio Nº 3121-2025-MTC/17.03; Que, mediante Informe Nº 044-2025-MTC/17.03.01/ cdcp de fecha 11 de febrero de 2025, se concluyó que la subsanación de observaciones presentada por La Empresa, en el extremo correspondiente a la infraestructura inmobiliaria, cumple con el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, con O fi cio Nº 5738-2025-MTC/17.03 de fecha 17 de febrero de 2025, noti fi cado en la misma fecha, se procedió a comunicar a La Empresa, la programación de la inspección In Situ, para el día 19 de febrero de 2025, a efectos de veri fi car el cumplimiento de las condiciones para acceder a una autorización como Centros de Inspección Técnica, en el marco de lo establecido en el numeral 37.5 del artículo 37 del Reglamento; Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 027-2025- MTC/17.03.01 de fecha 19 de febrero de 2025, se realizó la inspección en el local de La Empresa, ubicado en Lote Nº 2 Sec. Ex Fundo Zevallos, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, constatándose el cumplimiento de las condiciones de infraestructura inmobiliaria, equipamiento y recursos humanos, señaladas en el Reglamento y la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, se veri fi có en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT que, a la fecha de emisión de la presente Resolución Directoral, La Empresa no registra nulidad o sanción de cancelación y/o inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que La Empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo – CITV Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Lote Nº 2 Sec. Ex Fundo Zevallos, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, en el marco de lo establecido en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular fi jo – CITV Fijo, del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento y normas complementarias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0066- 2025-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008- MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa CENTRO INSPECCIÓN TÉCNICO VEHICULAR SAN PEDRO S.R.L., identi fi cada con RUC Nº 20611093633, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años, en el local ubicado en Lote Nº 2 Sec. Ex Fundo Zevallos, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco.Artículo 2.- La empresa CENTRO INSPECCIÓN TÉCNICO VEHICULAR SAN PEDRO S.R.L. debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- ACREDITAR, en la nómina del personal, al siguiente personal propuesto por la empresa CENTRO INSPECCIÓN TÉCNICO VEHICULAR SAN PEDRO S.R.L., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DE PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO JOSE ANTONIO MARTINEZ MORALESINGENIERO SUPERVISOR TITULAR FERNANDO PASTOR CAVALIE ORIHUELAINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE JHON HERLING ALVARADO ROJAS INSPECTOR RENE AUGUSTO AYALA ARANDA INSPECTOR YORSIÑO COTRINA VILLENA INSPECTOR Artículo 4.- ESTABLECER que la empresa CENTRO INSPECCIÓN TÉCNICO VEHICULAR SAN PEDRO S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza18 de noviembre de 2025 Segunda renovación o contratación de nueva póliza18 de noviembre de 2026 Tercera renovación o contratación de nueva póliza18 de noviembre de 2027 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza18 de noviembre de 2028 Quinta renovación o contratación de nueva póliza18 de noviembre de 2029 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa CENTRO INSPECCIÓN TÉCNICO VEHICULAR SAN PEDRO S.R.L., en el domicilio ubicado en Lote Nº 2 Sec. Ex Fundo Zevallos, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco y/o en el correo electrónico: citvsanpedro@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA Director Dirección de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 2380598-1