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42 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 3544-2019-R-UNE, del 13 de noviembre del 2019, se aprueba la Directiva Nº 021-2019-R-UNE - EMISIÓN DE DUPLICADOS DE DIPLOMAS DE GRADOS ACADÉMICOS, TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO Y TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL; Que con O fi cio Nº 0315-2024-DRySA/VR-ACAD, del 04 de abril del 2024, la Directora de Registro y Servicios Académicos informa al Vicerrector Académico que doña ISABEL ASCONA TELLO ha obtenido el Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación, fi gurando con el Nº de Registro B.C.E. 0453-2003 y en el Folio 0228-A, conforme se precisa en los libros que obran en el archivo físico; Que mediante O fi cio Nº 0402-2024-VR-ACAD, del 11 de abril del 2024, el Vicerrector Académico comunica a la Rectora la atención correspondiente y remite el referido expediente, para que el Consejo Universitario determine al respecto; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en su sesión extraordinaria virtual realizada el 16 de abril del 2024; y, En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 59º y 60º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, concordante con los artículos 19º, 20º y 23º del Estatuto de la UNE, y los alcances de la Resolución Nº 1138-2021-R-UNE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR el duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación expedido por la UNE, por pérdida del original, a favor de doña ISABEL ASCONA TELLO, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa. Artículo 2º.- DISPONER que la Dirección de Registro y Servicios Académicos efectivice las acciones complementarias, en atención a lo establecido en el artículo precedente y en la Resolución Nº 3544-2019-R-UNE. Artículo 3º.- DAR A CONOCER a las instancias pertinentes los alcances de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LIDA VIOLETA ASENCIOS TRUJILLO Rectora ANITA LUZ CHACÓN AYALA Secretaria General 2382129-1 Autorizan reducción del Presupuesto Institucional de Apertura, de la UNATEFSIL, para el año fiscal 2025 UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE FRONTERA SAN IGNACIO DE LOYOLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN N° 026-2025 -P/UNATEFSIL San Ignacio, 13 de marzo de 2025VISTO:El Informe N° 048-2025-UNATEFSIL/P-OPP y el Informe Legal N° 010-2025-OAJ/UNATEFSIL; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que: “(...) cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes”; Que, de acuerdo con el artículo 8° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normativas aplicables; Que, mediante Ley N° 32185, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fi scal 2025, y según los artículos 1° y 2° de la citada norma, aprueban el Presupuesto Anual de Gastos del Sector Público y los recursos que lo fi nancian; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; Que, al numeral 20.1 artículo 20° de la modi fi catoria de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N°0001-2025-EF/50.01, regula el procedimiento para efectuar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se realizan teniendo en cuenta las limitaciones establecidas en el decreto Legislativo N° 1440 y en la Ley Anual Presupuesto del Sector Publico, según Corresponda; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto Público para el año fi scal 2025, de producirse una modi fi cación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para modi ficar su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de financiamiento antes mencionadas; Que, en caso de determinarse una modi fi cación del presupuesto institucional, según lo señalado precedentemente, esta se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo de consejo regional se publica en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de consejo regional y acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 063-2024-P/UNATEFSIL, se aprueba al Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, para el año fi scal 2025, de la UNATEFSIL, por el monto total de S/ 4 390,461.00 (Cuatro Millones trecientos noventa mil cuatrocientos sesenta y uno con 00/100 soles), el mismo que está desagregado de la siguiente manera: FF: Recursos Ordinarios: S/ 2 417,322.00 soles y la FF: Recursos Determinados: S/ 1 973,139.00, para operatividad institucional e inversiones; Que, mediante Informe N°048-2025-UNATEFSIL/P- OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, solicita emisión de Acto Resolutivo que aprueba la reducción del marco presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Informe Legal N° 010-2025-OAJ/ UNATEFSIL, la O fi cina de Asesoría Jurídica OPINA que, conforme al marco normativo vigente, resulta PROCEDENTE aprobar la reducción del marco presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220; la Resolución Viceministerial N° 057-2023-MINEDU; la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; la Resolución de Comisión Organizadora