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63 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / Estándar en las entidades de la administración pública. Dicha herramienta informática contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar. Dicha herramienta se presenta en una versión amigable con de fi niciones expresadas en un lenguaje claro y sencillo, para un mejor entendimiento de la ciudadanía en general; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 035- 2017-PCM se aprueba la Directiva Nº 001-2017-PCM/SGP “Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”, la misma que establece que el Portal de Transparencia Estándar - PTE, es una herramienta informática integrada al Portal del Estado Peruano, que contiene la información de gestión clasi fi cada en rubros temáticos y presentada en formatos estándares por las entidades de la administración pública, que están en la obligación de publicar y actualizar, conforme los plazos que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pudiendo publicar información adicional que consideren en cada rubro temático; Que, la Directiva Nº 001-2017-PCM/SGP dispone en su artículo 7º que la implementación de la presente directiva recae en el funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar conforme a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por otro lado, en su artículo 8 respecto a los coordinadores establece también que el responsable del Portal de Transparencia Estándar debe solicitar a las unidades orgánicas poseedoras de información, la designación de coordinadores quienes son responsables de proveer la información necesaria para el oportuno cumplimiento de actualización del Portal de Transparencia Estándar, en los plazos señalados en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Por lo que, en uso de las facultades delegadas por Resolución de Alcaldía Nº 023-2024-MDSMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor RICARDO BANDA TORPOCO, Jefe de la O fi cina de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, como FUNCIONARIO RESPONSABLE del PORTAL DE TRANSPARENCIA ESTÁNDAR de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que deberá cumplir con las obligaciones de Ley. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- ESTABLECER que para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, el funcionario designado deberá ceñirse y observar lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, su Reglamento, y los Lineamientos para la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, aprobados a través de la Resolución Directoral Nº 011-2021-JUS/ DGTAIPD, siendo además responsable de la correcta aplicación de esta última. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOURDES VIRGINIA DE HAAN OLORTIGUE Gerente Municipal (e) 2381989-1MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 716-MSS - Ordenanza de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del distrito de Santiago de Surco DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2025-MSS Santiago de Surco, 20 de marzo del 2025EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: El Memorándum Nº 394-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 181-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1148-2025-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 158-2025-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 350-2025-SGCAIT-GDE-MSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, entre otros documentos, respecto de la prórroga de la Ordenanza Nº 716-MSS de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de la precitada ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, la Municipalidad de Santiago de Surco, ha emitido la Ordenanza Nº 716-MSS de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, que tiene por objeto la aplicación de las normas técnicas y legales, para regularizar el procedimiento administrativo de Licencias de Funcionamiento a las actividades económicas que se desarrollan en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, a fi n de mejorar la calidad de vida de los vecinos y/o emprendedores; siempre que se traten de personas naturales, con la fi nalidad de alcanzar el desarrollo económico y el crecimiento comercial del distrito, a efectos que puedan integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo; así como la regularización de las actividades económicas en sectores ya consolidados; Que, la Séptima Disposición Transitoria y Final, establece que la ordenanza acotada entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario