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62 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Designan Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 033-2025/ MDSJM San Juan de Mira fl ores, 10 de marzo de 2025 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Proveído Nº 001940-2025-OGA/MDSJM de la O fi cina General de Administración; Memorándum Nº 854-2025-OGRRHH-MDSJM de la O fi cina General de Recursos Humanos; e Informe Nº 082-2025-SGEC-GAT/MDSJM de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva; sobre designación de auxiliar coactivo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979 – del Procedimiento de Ejecución Coactiva, indicando en su artículo 7º, numeral 7.1), que la designación del ejecutor coactivo, como la del auxiliar coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos; y su numeral 7.2), estipula que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, la norma citada en el párrafo precedente, no establece el régimen laboral del ejecutor, ni del auxiliar coactivo, pero la Ley Nº 27204 precisa que los precitados cargos no son de con fi anza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual estos representan, haciéndose necesaria su designación mediante la emisión de una resolución de alcaldía que le permita ejercer sus funciones de conformidad con el artículo 7º del TUO antes mencionado; Que, mediante Informe Nº 082-2025-SGEC-GAT/ MDSJM, la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva señala que en mérito a la Convocatoria CAS Nº 004-2025-MDSJM, para la contratación de un (1) Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, se proclamó como ganadora a la abogada Manuela Victoria Rosas Meza, solicitando asimismo emitir el acto resolutivo correspondiente; lo que cuenta con la conformidad de la Ofi cina General de Recursos Humanos (Memorándum Nº 854-2025-OGRRHH-MDSJM) y de la O fi cina General de Administración (Proveído Nº 001940-2025-OGA/MDSJM) De conformidad con los artículos 20º, numeral 6), y 43º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – del Procedimiento de Cobranza Coactiva; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la abogada MANUELA VICTORIA ROSAS MEZA, como Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva - Gerencia de Administración Tributaria - de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057- Régimen CAS. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina General de Recursos Humanos y O fi cina General de Administración, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la noti fi cación de la presente resolución a la interesada y su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; así como a la O fi cina de Tecnología de la Información, su publicación en la página web de la entidad; www.munisjm.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2381996-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Designan funcionario responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 016-2025-GM/ MDSMP San Martín de Porres, 16 de enero de 2025VISTOS: La Resolución de Gerencia Municipal Nº 001-2025- GM/MDSMP de fecha 07 de enero de 2025; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú, establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (..)”, concordado con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, en adelante TUO de la Ley Nº 27444, en su Artículo IV del Título Preliminar, numeral 1.1), señala: “1.1. Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; Que, en el último párrafo del artículo 5º de la Ley Nº 27927, Ley que modi fi ca la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que la entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet. Por su parte el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, señala en su artículo 4º que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente la Entidad colocará copia de la resolución de designación en el lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM, se aprueba la implementación del Portal de Transparencia