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50 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / Instituciones de Seguros; esta Intendencia General tiene cuatro (4) Intendencias: (i) Intendencia de Supervisión de Seguros A, (ii) Intendencia de Supervisión de Seguros B, (iii) Intendencia de Supervisión de Intermediarios y Auxiliares e (iv) Intendencia de Supervisión de AFOCAT. Asimismo, la Superintendencia Adjunta de Seguros tiene tres (3) Intendencias: (i) Intendencia de Supervisión Actuarial, (ii) Intendencia de Supervisión de Inversiones de Seguros e (iii) Intendencia de Supervisión de Reaseguros, y un (1) Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia de Seguros, todos con reporte directo al Superintendente Adjunto de Seguros. • En la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: - La Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones cuenta con tres (3) Intendencias: (i) Intendencia de Supervisión de Instituciones Previsionales, (ii) Intendencia de Supervisión de Pensiones y Bene fi cios e (iii) Intendencia de Supervisión de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones. • En la Superintendencia Adjunta de Cooperativas:- La Superintendencia Adjunta de Cooperativas cuenta con cuatro (4) Intendencias de Supervisión de Cooperativas: A, B, C y D. - El Departamento de Registro y Acciones Correctivas se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia, y las funciones asociadas al registro de cooperativas: (i) Evaluar las solicitudes, aceptación e inscripción de nuevas COOPAC, (ii) Evaluar proyectos de estatutos (o cambios de estatutos) de las COOPAC y Centrales, (iii) Atender solicitudes de cambios de tipologías de nivel modular y (iv) Gestionar procesos de disolución de Cooperativas ante Poder Judicial, entre otras, se trasladan a cada una de las Intendencias de Supervisión de Cooperativas A, B, C, y D, según corresponda. - El Departamento de Supervisión de Integridad Financiera de Cooperativas se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. Las funciones de este departamento se trasladan al Departamento de Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Gerencia de Riesgos. • En la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú: - La UIF cuenta con tres (3) Intendencias: (i) Intendencia de Inteligencia Financiera, (ii) Intendencia de Evaluación y Supervisión e (iii) Intendencia de Prevención, Enlace y Cooperación. - El Departamento de Análisis Estratégico se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. Las funciones de este departamento son asumidas por la Intendencia de Inteligencia Financiera. - El Departamento de Análisis Operativo se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. La función de análisis operativo de este departamento se traslada a la Intendencia de Inteligencia Financiera. Asimismo, la función de análisis penal de este departamento pasa a la Intendencia de Prevención, Enlace y Cooperación. - El Departamento de Evaluación e Integridad se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. Las funciones de este departamento se trasladan a la Intendencia de Evaluación y Supervisión y a la Intendencia de Inteligencia Financiera, según corresponda. Asimismo, la función de acceso a la información pública se traslada a la Intendencia de Prevención, Enlace y Cooperación. - El Departamento de Supervisión se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. La función de supervisión de este departamento se traslada a la Intendencia de Evaluación y Supervisión. - La Coordinación General se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. • En la Superintendencia Adjunta de Riesgos: - La Superintendencia Adjunta de Riesgos se denominará Gerencia de Riesgos.- La Gerencia de Riesgos cuenta con cinco (5) departamentos: (i) Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez, Inversiones y Valorización, (ii) Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, (iii) Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, (iv) Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados y (v) Departamento de Supervisión de Sistemas de Información y Tecnología. - El Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones se fusiona con el Departamento de Valorización de Inversiones. - El Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia de Riesgos se elimina de la estructura orgánica de la Superintendencia. - El Departamento de Riesgos de Crédito se traslada a la estructura de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas. - Las funciones asociadas con el Sistema de Gestión de Continuidad del Negocio (SGCN) de la Superintendencia, el Sistema de Control Interno y la gestión de riesgos internos, antes competencia del Departamento de Gestión de Riesgos Internos de la ex Gerencia de Planeamiento y Organización pasarán a la Gerencia de Riesgos. • En la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica: - La Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica se denominará Superintendencia Adjunta de Regulación y Jurídica. - La Superintendencia Adjunta de Regulación y Jurídica está conformada por cuatro (4) departamentos: (i) Departamento de Regulación, (ii) Departamento de Sanciones, (iii) Departamento de Asesoría Legal y (iv) Departamento de Asuntos Contenciosos. - Las funciones del ex Departamento de Asuntos Institucionales y Sanciones se reasignan de acuerdo con lo siguiente: (i) la función de asuntos institucionales será atendida a través de una coordinación que dependerá del Departamento de Asesoría Legal, (ii) la función de cumplimiento normativo será atendida por el Departamento de Asesoría Legal, y (iii) la función de gestionar los procesos administrativos sancionadores y la de asesorar al Departamento de Servicios al Ciudadano para pronunciarse, en primera instancia administrativa, sobre reclamos en el ámbito del Sistema Privado de Pensiones, será atendida en el Departamento de Sanciones. - El Departamento de Sanciones será el órgano instructor y la Superintendencia Adjunta de Regulación y Jurídica el órgano resolutor de todos los procedimientos administrativos sancionadores, en primera instancia, vinculados a los sistemas fi nanciero, seguros, privados de pensiones, y de prevención de lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo. En el caso del sistema cooperativo el Departamento de Sanciones será el órgano instructor y la Superintendencia Adjunta de Cooperativas el órgano resolutor en primera instancia. Asimismo, el Departamento de Sanciones emitirá opinión legal respecto de los proyectos de resoluciones elaborados por el Departamento de Servicios al Ciudadano para pronunciarse, en primera instancia administrativa, sobre reclamos presentados contra entidades participantes del Sistema Privado de Pensiones. - El Departamento de Regulación liderará las iniciativas que se generen en el marco del Comité de Estándares de Basilea, antes competencia de la Gerencia de Estudios Económicos. - El Departamento de Asesoría Legal asume la función relacionada con la coordinación parlamentaria antes asignada a la Gerencia de Asuntos Interinstitucionales y Comunicaciones. - El Departamento de Asuntos Contenciosos propone los informes y proyectos de resolución que correspondan emitirse, en segunda instancia, en todos los procedimientos administrativos sancionadores, vinculados a los sistemas fi nanciero, seguros, privados de pensiones, cooperativo y de prevención de lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, así como en los reclamos presentados contra entidades participantes del Sistema Privado de Pensiones.