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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2025 (02/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 2 de mayo de 2025 El Peruano / con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE UN (01) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “CONECTIVIDAD INTEGRAL EN BANDA ANCHA PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA ZONA NORTE DEL PAÍS - REGIÓN LAMBAYEQUE” SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESROBER GAMBOA MORENOCÓDIGO: ILLIMO (TRANSPORTE) AREA AFECTADA : 113.06 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 50 537,82LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL INMUEBLE AFECTADO: Por el Norte/Fondo: Colinda con propiedad de terceros: Mz. 16 Lote 29 inscrito en la P.E. Nº P10039718, el cual comprende el vértice A hasta el vértice B, con una distancia de 9.93 ml. Por el Este/Derecha: Colinda con posesión de terceros: Mz. 16 Lote 29 inscrito en la P.E. Nº P10039718 el cual comprende el lado B hasta el vértice C, con una distancia de 10.91 ml. Por el Oeste/Izquierda: Colinda con posesión de terceros: Mz. 16 Lote 29 inscrito en la P.E. Nº P10039718, el cual comprende el lado D hasta el vértice A, con una distancia de 11.72 ml. Por el Sur/Frente : Colinda con la vía CALLE RAFAEL VALDIVIEZO, el cual comprende el vértice C hasta el vértice D, con una distancia de 10.12 ml.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 9.93 626420.3049 9283965.5513 B B-C 10.91 626430.1743 9283966.6844 C C-D 10.12 626431.1225 9283955.8156D D-A 11.72 626421.1923 9283953.8650 PARTIDA REGISTRAL: Nº P10039718 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo - Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo. INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL emitido con fecha 06.09.2024 suscrito por Verificador Catastral. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL , emitido con fecha 05.12.2024, por la Oficina Registral de Chiclayo - Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo. (Informe Técnico Nº 026291-2024-Z.R. Nº II-SEDE-CHICLAYO/UREG/CAT). 2395360-1 Aprueban ejecución de la expropiación de área afectada de inmueble para ejecución de la obra: “ Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)”, y su valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2025-MTC/01.02 Lima, 30 de abril de 2025VISTOS: El Memorando Nº 1431-2025-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Memorando Nº 1474-2025- MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)”, y autoriza