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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2025 (02/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 2 de mayo de 2025 El Peruano / EXPEDIENTE : N° 00001-2024-CD-DPRC/TT MATERIA :Revisión del Factor de Productividad / Proyecto ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A. VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer la publicación del Proyecto mediante el cual se establecerá el Factor de Productividad Trimestral aplicable a partir del 1 de setiembre de 2025, dentro del régimen de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modi fi cados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, Telefónica) y; (ii) El Informe N° 000080-2025-DPRC/OSIPTEL de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, que sustenta el Proyecto de Resolución Tarifaria al que se refi ere el numeral precedente y recomienda su publicación para comentarios; con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el inciso 5 del artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece que una de las funciones fundamentales del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (en adelante, Osiptel) es fi jar las tarifas de servicios públicos de telecomunicaciones y establecer las reglas para su correcta aplicación; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 215-2018-CD/OSIPTEL se aprobaron las “Normas Procedimentales para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope y Tarifas Tope” (en adelante, las Normas Procedimentales), en las cuales se establecen las etapas y reglas que aplicará el Osiptel para la fi jación y revisión de las tarifas tope de servicios públicos de telecomunicaciones, previendo los mecanismos para garantizar la transparencia y predictibilidad en los procesos regulatorios de tarifas; en concordancia con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, Ley N° 27838; Que, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de las Normas Procedimentales, el ámbito de aplicación de dicha norma comprende a la Revisión del Factor de Productividad que se efectúe en virtud de disposiciones tarifarias previstas en los Contratos de Concesión, en tanto no se oponga a dichas disposiciones; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00218-2024-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de octubre de 2024, el Osiptel dio inicio al procedimiento de o fi cio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión de Telefónica, a fi n de establecer el nuevo valor de dicho Factor que se aplicará a partir del 1 de setiembre de 2025; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 00235-2024-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2024, el Osiptel aprobó los Principios Metodológicos Generales, contenidos en el Informe N° 00251-DPRC/2024; Que, mediante la carta TDP-00698-AG-AER-25, recibida el 17 de marzo de 2025, Telefónica remitió su propuesta de Factor de Productividad, conjuntamente con el sustento metodológico empleado para su determinación; Que, en mérito al sustento técnico, económico y legal desarrollado en el Informe de VISTOS, se considera pertinente disponer la consulta pública del Proyecto de Resolución Tarifaria que establecerá el Factor de Productividad Trimestral aplicable a partir del 1 de setiembre de 2025, disponiendo las correspondientes acciones de difusión pública conforme a las garantías de transparencia regulatoria establecidas en el artículo 7 de las Normas Procedimentales; En aplicación de las funciones señaladas en el inciso b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osiptel en su Sesión N° 1028/25; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerá el Factor de Productividad Trimestral aplicable a partir del 1 de setiembre de 2025, dentro del régimen de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S.A.A. Artículo Segundo .- Establecer que, hasta el día 6 de junio de 2025, los interesados puedan remitir por escrito sus comentarios al Proyecto de Resolución referido en el Artículo Primero. Los comentarios deben ser presentados a través de la Mesa de Partes Virtual del Osiptel, para lo cual se debe adjuntar un archivo en formato Word. Artículo Tercero .- Convocar a audiencias públicas descentralizadas el 13 de junio de 2025, a fi n de que los interesados puedan expresar oralmente sus comentarios al Proyecto de Resolución referido en el Artículo Primero. Para estos efectos, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que se publique en el Portal Institucional del Osiptel (https://www.gob. pe/osiptel) la información de los lugares y hora exacta de las audiencias públicas, así como las reglas para la inscripción de participantes, al menos tres (3) días hábiles antes de su fecha de realización. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la presente Resolución, conjuntamente con el Proyecto de Resolución referido en el Artículo Primero. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, conjuntamente con el Proyecto de Resolución señalado en el Artículo Primero, así como el Informe N° 000080- 2025-DPRC/OSIPTEL y los archivos electrónicos con los cálculos realizados, sean publicados en el Portal Institucional del Osiptel (https://www.gob.pe/osiptel) y notifi cados a Telefónica del Perú S.A.A. Artículo Quinto .- Encargar a la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto de Resolución, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUIN Presidente Ejecutivo (E)Consejo Directivo PROYECTO DE RESOLUCIÓN ESTABLECIMIENTO DEL FACTOR DE PRODUCTIVIDAD TRIMESTRAL APLICABLE A PARTIR DEL 1 DE SETIEMBRE DE 2025, DENTRO DEL RÉGIMEN DE FÓRMULA DE TARIFAS TOPE ESTIPULADO EN LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN DE LOS QUE ES TITULAR LA EMPRESA TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. Artículo 1.- Establecer el Factor de Productividad Trimestral (X), aplicable dentro del Régimen de Fórmulas de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modi fi cados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S.A.A., en los siguientes términos: ܺൌܥܲܫ௡ିଶ ܥܲܫ௡ିଵെͳ Donde: n = Trimestre de aplicación del ajuste tarifario. IPCn-i = Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana a inicio del trimestre “ n-i”, que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).