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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2025 (02/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 2 de mayo de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la expropiación del área afectada del bien inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área afectada del inmueble para la ejecución de la obra: “Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)”, y, el valor de la Tasación, ascendente a la suma de S/ 92 317,27 (NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 27/100 SOLES), correspondiente al código AUSOL-TC07-140106-R-023, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario.3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área expropiada del bien inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias , requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO - CHICLAYO - PIU RA - SULLANA)” IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSCÓDIGO: AUSOL-TC07-140106-R-023 ÁREA AFECTADA: 1,174.52 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 92 317,27 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESELADIO FERNANDEZ ROJAS Y SEGUNDA MARTHA ZULOETA TORRESLINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el norte: Colinda con la U.C. 08600, en línea recta de un (01) tramo: tramo A-B de 32.26 m, con una longitud de 32.26 m. Por el sur: Colinda con la U.C. 08602, en línea recta de un (01) tramo: tramo C-D de 28.51 m, con una longitud de 28.51 m. Por el este: Colinda el área remanente de la U.C. 08601, en línea recta de un (01) tramo: tramo B-C de 39.59 m, con una longitud de 39.59 m. Por el oeste : Colinda con la U.C. 12267, en línea quebrada de dos (02) tramos: tramo D-E de 37.33 m, tramo E-A de 0.52 m., con una longitud de 37.85 m.ÁREA AFECTADA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 32.26 627020.2553 9245267.9783 B B-C 39.59 627052.4867 9245269.3099 C C-D 28.51 627050.4046 9245229.7747D D-E 37.33 627021.8961 9245230.1665 E E-A 0.52 627020.2717 9245267.4584 PARTIDA REGISTRAL Nº : 11027632 de la Zona Registral Nº II – Sede Chiclayo, Oficina Registral Chiclayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 01.07.2024 (Informe Técnico Nº013389-2024-Z.R.NºII-SEDE-CHICLAYO/UREG/CAT), emitido por la Zona Registral Nº II – Sede Chiclayo, Oficina Registral Chiclayo. Informe de Verificador Catastral Nº : 034- 2024-DDLR de fecha 03.12.2024, suscrito por el verificador catastral. 2395833-1