TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público”; Que, asimismo, el numeral 6.4.1.3 de la Directiva señala que ningún ajuste realizado en el marco del numeral 6.4.1.1, respecto a la actualización del CAP Provisional, puede modi fi car el total de cargos y posiciones del CAP Provisional aprobado. De igual forma, la actualización del CAP Provisional no implica en ningún caso la eliminación de cargos en situación de ocupado, salvo que hubieran devenido en situación de previsto en el transcurso del tiempo; Que, mediante O fi cio N° 0701-2025-UNS-DRH, de fecha 29.04.2025, el Mg. Wilber Ibarra Márquez, Director (e) de la Dirección de Recursos Humanos (Unidad de Recursos Humanos), señala que con O fi cio N° 0288-2025-UNS-DRH/OREM, la Jefatura de la Ofi cina de Remuneraciones, alcanza la propuesta de la Actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional - de la Universidad Nacional del Santa, debidamente subsanado, toda vez que el día 16 de abril de 2025, vía e-mail, la Gerencia de Desarrollo de Sistemas de Recursos Humanos (GDSRH) de la Autoridad Nacional del Servir Civil – SERVIR, ha indicado, que de la revisión de la propuesta antes señalada, incluyendo los cuatro cargos de confi anza (Jefatura de la Unidad Formuladora, Jefatura de la Unidad de Abastecimiento, Jefatura de la Unidad de Presupuesto y Jefatura de la Unidad Ejecutora de Inversiones) en concordancia con las Resoluciones N° 102-2025-CU-R-UNS y N° 275-2025-CU-R-UNS, se encuentra conforme y no existiendo observaciones, se deberá proseguir con la aprobación respectiva, en tal sentido, solicita que se apruebe la Actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional - de la Universidad Nacional del Santa, con el acto resolutivo correspondiente; Que, en consecuencia, el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria N° 09-2025, de fecha 29.04.2025, acordó aprobar la Actualización del Cuadro de Asignación de Personal – CAP Provisional - de la Universidad Nacional del Santa, y disponer la emisión de la resolución correspondiente; Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado por el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria N° 09-2025, de fecha 29.04.2025, y en uso de las atribuciones que concede la Ley N° 30220 – Ley Universitaria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP PROVISIONAL - DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA, propuesto por Jefe (e) de la Unidad de Recursos Humanos de la UNS, el mismo que sellado y rubricado por el Secretario General, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER su vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos la administración del Cuadro Actualizado de Asignación de Personal - CAP Provisional de la UNS, según lo dispuesto en el punto 6.4. de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE. Artículo 4º.- DISPONER que la Dirección General de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto realicen el seguimiento y monitoreo a la Unidad de Recursos Humanos, en cumplimiento y aplicación a lo dispuesto en el artículo tercero de la presente Resolución. Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia y en la Página Web de la Universidad Nacional del Santa (https://www.uns.edu.pe/). Artículo 6º.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, en aplicación al numeral 6.3.1.9 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, lo siguiente:a) Publicar la Resolución N° 386-2025-CU-R-UNS, de fecha 30.04.2025, en el Diario O fi cial “El Peruano”. b) Publicar el Cuadro de Asignación de Personal – CAP PROVISIONAL - de la Universidad Nacional del Santa, en el Portal Institucional de la Universidad Nacional del Santa - Página Web (https://www.uns.edu.pe/). Regístrese, comuníquese y archívese. AMÉRICA ODAR ROSARIO Rectora de la Universidad Nacional del Santa MARIO AUGUSTO MERCHÁN GORDILLO Secretario General 2398550-1 Otorgan duplicado de Diploma de Título Profesional, con mención en Ingeniero Químico, en favor de egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1343-2025-UNI Lima, 6 de mayo de 2025 VISTO: El Expediente con Registro Nº 46708-2025, del Sistema de Gestión Documentaria sobre la solicitud de expedición del duplicado de Diploma de Título Profesional, con mención en Ingeniero Químico del señor PAUL IVAN BARRANTES ROMERO, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería. CONSIDERANDO: Que el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”; Que el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 7° del Estatuto aprobado por la Resolución Rectoral N° 1787 del 16 de diciembre de 2014, establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable”. Esta autonomía se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que el artículo 18° del Estatuto de la Universidad establece que “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la universidad”; Que el artículo 14° del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD del 18 de diciembre de 2015, establece que la emisión del duplicado de diploma por parte de la universidad, institución o escuela de educación superior genera, previa solicitud, la anulación de la inscripción primigenia; Que mediante el reglamento antecedido y modi fi cado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD del 22 de marzo de 2017, que establece adecuar los procedimientos administrativos y servicios que brinda en exclusividad, contenidos en el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos; Que mediante Resolución Rectoral N° 0122, del 18 de enero de 2008, se aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Duplicado del Diploma de Grado Académico o del Título Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería, modi fi cándose posteriormente,