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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2025 (15/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / 31.2 Son mecanismos de coordinación y articulación, los siguientes: literal b) Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS); y el articulo 33.- Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social, en el numeral 33.1. Cada gobierno regional organiza y lidera una IARDIS, aprobada por Ordenanza Regional, responsable de la articulación y seguimiento de las acciones que aseguren la provisión e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. La coordinación es permanente y continua para el logro de sus objetivos; asimismo el artículo 33, inciso 33.2. establece que, la IAR-DIS tiene las siguientes funciones, en el b) Proponer recomendaciones orientadas a la mejora de los instrumentos de gestión del gobierno regional, para efectivizar el logro de resultados; en ese marco se concluye la aprobación de la instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS) del Gobierno Regional San Martin, mediante ordenanza regional, el mismo que estará conformado de la siguiente manera: • Gobernador del Gobierno Regional de San Martín, quien preside (conforme lo estipulado en el Art. 33.3 del D.S. N° 012-2024-MIDIS). • Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social, quien ejerce la Secretaría Técnica de la IAR-DIS. • Presidente (a) de la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional. • Gerente General Regional. • Gerente Regional de Desarrollo Económico • Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto • Director(a) Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento • Director(a) Regional de Salud • Director(a) Regional de Educación • Director(a) Regional de Inclusión e Igualdad de Oportunidades • Director(a) Regional de Trabajo y Promoción del empleo • Director(a) Regional de Agricultura • Director(a) Regional de Producción • Alcaldes(as) de las Municipalidades Provinciales y Distritales de la región San Martín • Coordinador(a) de Enlace del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. • Coordinador(a) territorial del Fondo De Estímulo al Desempeño del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. • Coordinador(a) de la Unidad Territorial del Programa Nacional Cuna Más • Jefe de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS • Jefe(a) de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna • Jefe(a) de la Unidad Territorial del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) • Jefe(a) de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 • Coordinador(a) de Unidad Territorial del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PAIS) • Coordinador(a) del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) • Especialista Territorial del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) • Prefecto Regional de la Región San Martin • Jefe (a) de la O fi cina Regional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC). • Jefe(a) de la Ofi cina Defensorial de San Martin • Un representante de la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza (MCLCP). • Un representante de EsSalud • Un representante del Colegio de Enfermeros de San Martín • Un representante del Colegio de Obstetras de San Martín • Un representante de las Universidades Nacionales o Privadas • Un representante de la Cámara de Comercio. La Gerencia Regional de Desarrollo Social, tendrá cargo la secretaria técnica de la Instancia Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS); y esta se encargará a elaborar el Reglamento Interno de Funcionamiento en un plazo de 60 días a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Regional». De tal manera, recomendando que: “Se recomienda derivar el presente informe a la O fi cina Regional de Asesoría Legal y, posteriormente presentarla al Consejo Regional San Martín para su reconocimiento mediante Ordenanza Regional”; Que, el Informe Legal N° 161-2025-GRSM/ORAL de fecha 14 de abril de 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Legal opina FAVORABLEMENTE por la: 1) Derogación la Ordenanza Regional N° 008-2020- GRSM/CR de fecha 04 de agosto de 2020. 2) Emisión de la Ordenanza Regional que apruebe la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo e Inclusión Social (IAR – DIS) de la Región; ya que, será del alcance Regional, y recomienda, que como consecuencia de la derogación de la Ordenanza Regional N° 008-2020-GRSM/CR de fecha 04 de agosto de 2020; se proceda a dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 155-2021-GRSM/CR de fecha 14 de julio de 2021, que aprobó el Reglamento Interno de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo Social y Productivo; entendiéndose, que dicho Reglamento, queda sin e fi cacia jurídica; Que, mediante O fi cio N° 276-205-GRSM/GGR, de fecha 15 de abril de 2025, la Gerencia General Regional, solicita la derogación de la Ordenanza Regional N° 008- 2020- GRSM/CR y aprobación de la Ordenanza para la conformación de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IARDIS); Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…). Y dentro de las normas que dicta el Consejo Regional, se tiene las Ordenanzas Regionales. De igual forma, el Artículo 15° literal a) de la norma, señala como una de las atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en esa línea, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal h) del artículo 60° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Gobierno Regional deberá formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, en tal sentido, es necesario la derogación de la Ordenanza Regional N° 008-2020-GRSM/CR y la conformación de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS), como un espacio de participación social que permita articular y brindar servicios de manera oportuna de calidad y bajo los enfoques y objetivos prioritarios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, para el logro de resultados sociales; Que, el consejo regional de San Martin, en Sesión Ordinaria desarrollada el 06 de Mayo, en las instalaciones del Auditorio del Consejo Regional de San Martín - Moyobamba, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, APROBÓ por UNANIMIDAD de los consejeros regionales asistentes, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 008-2020-GRSM/CR, de fecha 04 de agosto del 2020, el cual aprueba la conformación de la Instancia de Articulación Regional para el desarrollo Social y productivo, como espacio de articulación, implementación y seguimiento de acciones estratégicas que contribuirá al cierre de brechas sociales y a la inclusión económica de la población vulnerable. Artículo Segundo.- CONFORMAR la Instancia de Articulación Regional de desarrollo e inclusión social (IAR-DIS) del Gobierno Regional San Martín como un espacio de coordinación y articulación, responsable de la articulación y seguimiento de las acciones que aseguren la provisión e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. La coordinación