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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2025 (15/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / Ordenanza que modifica el artículo 17° de la Ordenanza N° 543/MDSJM, que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 553/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 8 de mayo de 2025 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de ordenanza que modi fi ca parcialmente la Ordenanza N° 543/MDSJM - que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Juan de Mira fl ores; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional - establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, cuyo artículo 40° establece: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, mediante Ordenanza N° 543/MDSJM, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 14 de marzo de 2025, se regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en nuestra jurisdicción, cuyo artículo 17° señala el plazo para el otorgamiento de autorización; Que, la Ordenanza N° 2682 de la Municipalidad Metropolitana de Lima - que regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima, en su artículo 17° señala el plazo para el otorgamiento de la autorización; norma de mayor jerarquía legal a la que debe adecuarse la legislación distrital, a fi n de no contravenir los Lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, en lo que corresponde, en este caso, al rubro: plazo para el otorgamiento de la autorización; Que, con Informe N° 121-2025-SGCYPE-GDE/ MDSJM, la Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial remite el proyecto de modi fi cación parcial de la Ordenanza N°543/MDSJM, en lo que corresponde el rubro mencionado en la parte fi nal del considerando precedente; lo que cuenta con la opinión de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa (Memorándum N° 157-2025-SGFA-GDE/MDSJM), Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres (Informe N° 61-2025-SGGRD-GDU/MDSJM), O fi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe N° 1258-2025-OPPI-OGPP/MDSJM), O fi cina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica (Informe N° 116-2025-OPMyCT- OGPP/MDSJM), Gerencia de Desarrollo Económico (Memorándum N° 202-2025-GDE/MDSJM), O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum N° 300-2025-OGPP/MDSJM), así como opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (Informe N° 169-2025-OGAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Proveído N° 284-2025-GM/MDSJM);De conformidad con los artículos 9°, numeral 8), y 40° de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como Ordenanza N° 2682 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, y con el Voto UNÁNIME de los señores regidores, el Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 17° DE LA ORDENANZA N° 543/MDSJM - QUE REGULA LAS DISPOSICIONES TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo 1°.- OBJETO.- La presente ordenanza tiene por objeto modi fi car el artículo 17° de la Ordenanza N° 543/MDSJM - que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Juan de Mira fl ores. Artículo 2°.- FINALIDAD.- Establecer el marco normativo local que regule en un solo texto, los aspectos técnicos y administrativos para la autorización y ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Juan de Mira fl ores, facilitando su aplicación e interpretación, de tal manera que sea predictible para inversionistas, con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ordenanza N° 2682-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima y observando los Lineamiento de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, sobre colocación de anuncios publicitarios, preservando la seguridad pública, ambiente urbano, zona monumental, y orden público, así como la conservación, estética y mejora del ornato local. Artículo 3°.- PLAZO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN.- Modifíquese el artículo 17° de la Ordenanza N° 543/MDSJM, quedando redactado conforme a los siguientes términos: “Artículo 17°.- PLAZO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN.- La Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial debe expedir la autorización de ubicación de elementos de publicidad exterior dentro de un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación del expediente, siempre y cuando contenga todos los requisitos completos compilados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la municipalidad. En el caso de solicitudes de Autorización Municipal para elementos de publicidad exterior por campaña, el plazo para resolver es de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de los requisitos completos. ” DISPOSICIONES COMPLEMETARIAS PRIMERA.- LAS DEMÁS disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº543/MDSJM se consideran debidamente establecidas y vigentes. SEGUNDA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Económico, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente ordenanza. TERCERA.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el diario o fi cial “El Peruano”; a la O fi cina de Tecnología de la Información su publicación en el portal web de la entidad: www.munisjm. gob.pe, y la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2399283-1