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55 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / es permanente y continua para el logro de sus objetivos (en concordancia con el Art. 33.1 del D.S N° 012-2024-MIDIS), que estará conformado por los siguientes miembros: - Gobernador del Gobierno Regional de San Martín, quien preside (conforme lo estipulado en el Art. 33.3 del D.S. N° 012-2024-MIDIS). - Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social, quien ejerce la Secretaría Técnica de la IAR-DIS. - Presidente(a) de la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional. - Gerente General Regional. - Gerente Regional de Desarrollo Económico - Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto - Director(a) Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Director(a) Regional de Salud - Director(a) Regional de Educación - Director(a) Regional de Inclusión e Igualdad de Oportunidades - Director(a) Regional de Trabajo y Promoción del empleo - Director(a) Regional de Agricultura - Director(a) Regional de Producción - Alcaldes(as) de las Municipalidades Provinciales y Distritales de la región San Martín - Coordinador(a) de Enlace del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. - Coordinador(a) territorial del Fondo De Estímulo al Desempeño del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. - Coordinador(a) de la Unidad Territorial del Programa Nacional Cuna Más - Jefe de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS - Jefe(a) de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna - Jefe(a) de la Unidad Territorial del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) - Jefe(a) de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 - Coordinador(a) de Unidad Territorial del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PAIS) - Coordinador(a) del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) - Especialista Territorial del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) - Prefecto Regional de la Región San Martin - Jefe (a) de la O fi cina Regional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC). - Jefe(a) de la O fi cina Defensorial de San Martin - Un representante de la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza (MCLCP) - Un representante de EsSalud - Un representante del Colegio de Enfermeros de San Martín - Un representante del Colegio de Obstetras de San Martín - Un representante de las Universidades Nacionales o Privadas - Un representante de la Cámara de Comercio Artículo Tercero.- ESTABLECER las siguientes funciones para la IAR-DIS, sin ser limitativas: 1. Promover el alineamiento de prioridades, objetivos, metas y recursos del gobierno regional para la implementación de la Política nacional de desarrollo e inclusión social, a través de una gestión articulada con los gobiernos locales de su jurisdicción, cuando corresponda. 2. Proponer recomendaciones orientadas a la mejora de los instrumentos de gestión del gobierno regional, para efectivizar el logro de resultados. 3. Realizar el seguimiento a las acciones que aseguren las condiciones para la entrega oportuna de intervenciones públicas priorizadas de desarrollo e inclusión social, fortaleciendo sinergias en el territorio; y reportar su cumplimiento al ente rector. 4. Hacer de conocimiento del gobierno regional, las alertas presentadas por las IALDIS de la jurisdicción, respecto de aquellos compromisos que no han sido cumplidos por el gobierno local o por la entidad pública a cargo, con relación a las intervenciones públicas priorizadas de desarrollo e inclusión social, para la adopción de medidas correctivas. Artículo Cuarto.- ESTABLECER la prioridad de atención de los siguientes objetivos prioritarios: 1. Mejorar el desarrollo infantil temprano. 2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes. 3. Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos. 4. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores. 5. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica de la IAR-DIS a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien tendrá la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento de la IAR-DIS; así como, reportar al Gobernador Regional y al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos de las sesiones de la instanci Artículo Sexto.- DISPONER a los representantes (Titular y alterno) señalados en el Artículo Segundo, designar mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- FACULTAR a la Secretaria Técnica, la elaboración del Reglamento Interno de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS), en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Regional, la misma que será aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableciéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional; asimismo, el anexo se difundirá en la página web institucional del Gobierno Regional de San Martín: https:www.gob.pe/regionsanmartin, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del Artículo 7° del Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional de San Martín. Artículo Noveno.- DEJAR SIN EFECTO toda norma que contravenga la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuniquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. SANILDA ALLUI TENTETS Consejera DelegadaConsejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los doce días del mes de mayo del dos mil veinticinco. POR TANTO:Mando se publique y se cumpla ROSA OLGUITA CELIZ CRUZ Gobernadora Regional (e) 2398777-1