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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2025 (30/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 30 de mayo de 2025 El Peruano / Respecto a las variables: - Establecimientos fi nancieros: Comprende a las concentraciones de agencias bancarias, casas de cambio, mercado de valores, prestamistas, gestión de fondos de jubilación, seguros, etc. - Comercio: Comprende a la infraestructura destinada a la venta de bienes y servicios al por mayor o menor, comprendiendo también a la reparación de vehículos. Incluye a los establecimientos de supermercados, centros comerciales, grifos y talleres. - Mercados: Comprende los lugares públicos de infraestructura común donde se realizan actividades de comercialización de bienes y servicios preferentemente al por menor. No incluye establecimientos de supermercados ni centros comerciales. - Viviendas: Comprende a la infraestructura construida con fi nes residenciales o de trabajo: los departamentos, casas, o fi cinas, comercios, talleres, centros educativos, de salud, etc.” Artículo 4.- Incorporación del artículo 71 al Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado por Decreto Supremo Nº 191-2020-PCM Incorporar el artículo 71 al Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado por Decreto Supremo Nº 191-2020-PCM, en los siguientes términos: “Artículo 71. Requisito para la categorización o recategorización Para la categorización o recategorización de un centro poblado no se requiere que la circunscripción a la que pertenece cuente con límites territoriales.” Artículo 5.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www. gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Aprobación del Texto Único Ordenado El Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, en un plazo de sesenta (60) días calendario contado a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 191-2020-PCM. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derogar los artículos 16A, 62A, 62B, 62C, 62D, el numeral 6 del artículo 67 y la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado por Decreto Supremo Nº 191-2020-PCM. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2404552-2Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a la República Francesa y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 137-2025-PCM Lima, 29 de mayo de 2025VISTOS: La Hoja de Trámite (GAB) N° 948 del Despacho Ministerial, de 26 de mayo 2025, y su proveído de 27 de mayo de 2025; el Memorándum Nº OPP013902025 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 27 de mayo de 2025, y su proveído de 28 de mayo de 2025, que otorgaron la certi fi cación presupuestal al presente viaje; el Memorándum N° LEG010682025 de la O fi cina General de Asuntos Legales, de 28 de mayo de 2025; y, el Memorándum N° OAP016222025 de la O fi cina de Administración de Personal, de 28 de mayo de 2025; CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 13 de enero de 2025, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Presidente de la República de Costa Rica invitan al señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, a participar en la Reunión del Consejo de la OCDE a Nivel Ministerial (MCM) 2025, la cual se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, los días 3 y 4 de junio de 2025; Que, la MCM 2025, denominada “Liderando el camino hacia la prosperidad resiliente, inclusiva y sostenible, a través del comercio, inversión e innovación basados en reglas”, constituye una oportunidad única para abordar, a través de discusiones de alto nivel y con la participación de los miembros y no miembros de la OCDE, materias críticas para la arquitectura económica internacional; Que, asimismo, en esa misma ciudad, el 2 de junio de 2025, en el marco de la MCM 2025, se realizará la sesión de alto nivel de la 20° Reunión del Grupo Directivo del Programa Regional de la OCDE para América Latina y el Caribe, así como la 17° Reunión del Foro Económico Internacional sobre América Latina y el Caribe, espacios en donde se debatirán temas de interés, tales como la contribución de los estándares de la OCDE a la integración de la región y las nuevas fuentes de fi nanciación para liberar el potencial de desarrollo sostenible de la región, respectivamente; Que, de igual forma, en el marco de la MCM 2025, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, sostendrá reuniones bilaterales con altas autoridades de los países participantes, así como con representantes de organizaciones internacionales, tales como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), en esa misma ciudad, los días 2 y 3 de junio de 2025; Que, en ese sentido, la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en los referidos eventos y reuniones permitirá rea fi rmar, al más alto nivel, el compromiso del Perú con su proceso de adhesión a la OCDE, así como consolidar la presencia de nuestro país en foros claves para la generación de políticas públicas en bene fi cio de los ciudadanos. Asimismo, contribuirá a posicionar los intereses estratégicos del Perú, profundizando los vínculos económicos y comerciales con los países participantes, lo que repercutirá positivamente en el desarrollo nacional y en el fortalecimiento de la imagen de nuestro país a nivel internacional; Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República ELMER JOSE GERMAN