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104 NORMAS LEGALES Martes 4 de noviembre de 2025 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY Prorrogan plazo de vigencia de diversas disposiciones de la Ordenanza N° 553-2025-MPI, que aprobó la Segunda Campaña de Amnistía Tributaria 2025 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2025-MPI Mollendo, 30 de octubre del 2025VISTO: El Trámite Interno Nº 05980-2025, adjunto el Informe Nº 203-2025-MPI/A-GM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Legal Nº 476-2025-MPI/A-GM-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de más documentos que se adjuntan y: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 94º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo 11º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo, el Artículo 42º de la precitada Ley, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación a las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 553-2025- MPI de fecha 30 de julio 2025, se estableció la: “2da campaña tributaria 2025” con vigencia a partir del día hábil siguientes de su publicación la cual se ejecutará hasta el 31 de octubre año 2025; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, acorde con la política de gestión edil, inherente a brindar las mayores facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con Informe Nº 203-2025-MPI/A-GM-GAT, de fecha 17 de octubre del 2025, solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 553-2025-MPI; asimismo mediante Informe Legal Nº 476-2025-MPI/A-GM-OAJ, de fecha 20 de Octubre de 2025, previo análisis legal, da su opinión considerando la procedencia de la ampliación de la Ordenanza solicitada; Que, el Gerente de Administración Tributaria solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza descrita en el párrafo anterior hasta el 30 de diciembre del 2025, a fi n de seguir brindando todos los bene fi cios los contribuyentes que aún no han podido cumplir con sus obligaciones tributaria ; Que, la segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 553-2025-MPI indica que: “Facúltese al Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como para disponer su prorroga”; por lo que no existiendo norma alguna que prohíba la ampliación de la misma y estando a los motivos expuesto por la Gerencia de Administración Tributaria, esta Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente, aprobar mediante Decreto de Alcaldía, la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 553-2025-MPI, de fecha 30.07.2025, hasta el 29 de diciembre del 2025; Que, la Municipalidad Provincial de Islay, goza de autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia, tiene por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo del Distrito de Mollendo de manera integral y sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas de desarrollo, así como gestionando la ejecución de proyectos en bene fi cio de su comunidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el artículo 6º, el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia del Artículo primero, segundo y tercero de la Ordenanza Municipal Nº 553-2025-MPI, hasta el 29 de diciembre de 2025. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la notifi cación y distribución del presente Decreto de Alcaldía en el Diario o fi cial el peruano o de mayor circulación según corresponda y a la Unidad de Tecnología de la Información en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Islay; así como a la Unidad de Relaciones Publicas y Prensa, su amplia difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICHARD ALE CRUZ Alcalde 2454386-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES