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38 NORMAS LEGALES Martes 4 de noviembre de 2025 El Peruano / DETALLE IMPORTE (S/) Participante : Dra. Aquila Priscila MONTAÑEZ HUANCAYA DE SALINASEspecífica del Gasto : 2.3.21.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte ................................................................ ........................................ 2,317.97 - Gastos de pasajes aéreos (ida-vuelta): Lima - México - Lima: US$ 655.07 x 1.05 x T.C. S/ 3.37 = (incluye tasas e impuestos): 2.3.21.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios …................................................................ .... 4,545.00 - Gastos de alimentación, hospedaje y movilidad local: S/ 4,545.00: 2.3.21.1.99 Otros Gastos …......................…............................................................................. .............................. 190.00 - Gastos de seguro de viaje e inscripción al evento: S/ 190.00 TOTAL GENERAL S/ 7,052.97 DETALLE IMPORTE (S/) Participante : Dra. María Salomé HILARES SORIA Específica del Gasto : 2.3.21.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte ................................................................ ........................................ 2,317.97 - Gastos de pasajes aéreos (ida-vuelta): Lima - México - Lima: US$ 655.07 x 1.05 x T.C. S/ 3.37 = (incluye tasas e impuestos): 2.3.21.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios …................................................................ .... 4,545.00 - Gastos de alimentación, hospedaje y movilidad local: S/ 4,545.00: 2.3.21.1.99 Otros Gastos …......................…............................................................................. .............................. 190.00 - Gastos de seguro de viaje e inscripción al evento: S/ 190.00 TOTAL GENERAL S/ 7,052.97 Monto a otorgar a cada comisionada: Dra. Aquila Priscila MONTAÑEZ HUANCAYA DE SALINAS S/ 7,052.97 (siete mil cincuenta y dos con 97/100 soles)Dra. María Salomé HILARES SORIA S/ 7,052.97 (siete mil cincuenta y dos con 97/100 soles) Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios (RO) Secuencia Funcional : (022) Oficina de Cooperación y Relaciones InternacionalesFecha de inicio y término del evento o actividad : del 05 al 07 de noviembre del 2025Plazo máximo de rendición documentaria de los recursos recibidos : 22 de noviembre del 2025 Artículo 4º.- PRECISAR que las referidas docentes que fi guran en el artículo precedente deberán efectuar la rendición de cuentas y los gastos de viaje ante la instancia respectiva, de manera documentada, en un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de culminada la comisión, conforme a lo establecido en la Resolución Nº 2950-2021-R-UNE. Artículo 5º.- DISPONER que las o fi cinas pertinentes adopten las acciones complementarias para dar cumplimiento a la presente resolución. Artículo 6º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 7º.- EL egreso que genere se afectará al Mnemónico de la Estructura Funcional Programática y a la Cadena del Gasto correspondiente al Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, para el Ejercicio Presupuestal 2025. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LIDA VIOLETA ASENCIOS TRUJILLO Rectora ANITA LUZ CHACÓN AYALA Secretaria General 2454886-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo lo actuado a partir del acto de la notificación del Acuerdo de Concejo Nº 067-2024-CM-MDK, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN Nº 388-2025-JNE Expediente Nº JNE.2024001604 KAQUIABAMBA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC VACANCIA TRASLADO Lima, 8 de setiembre de 2025 VISTOS: los actuados del procedimiento de vacaciones incoado por don Milciades Rivas Viguria (en adelante, señor solicitante), en contra de don Fidel Inca Almanza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kaquiabamba, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac (en adelante, señor alcalde), por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES 1.1. Con el escrito citado en el visto, el señor solicitante peticionó a este órgano electoral el traslado de la solicitud de vacancia contra el señor alcalde, a fi n de que el Concejo Distrital de Kaquiabamba, en sesión extraordinaria, se pronuncie al respecto, para lo que invocó el numeral 8 del artículo 22 de la LOM. 1.2. Por medio del Auto Nº 1, del 30 de mayo de 2024, este órgano colegiado trasladó al Concejo Distrital de Kaquiabamba dicha solicitud de vacancia, para que evalúe los hechos conforme a lo prescrito en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, emita el acuerdo correspondiente y eleve los actuados oportunamente. 1.3. En respuesta, a través del O fi cio Nº 001-2024- GM/MDK, del 24 de junio de 2024, presentado el 1 de julio del mismo año, la entidad municipal remitió cargos de la notifi cación del referido auto. 1.4. Con el O fi cio Nº 179-2024-AL/MDK, presentado el 16 de agosto de 2024, la entidad municipal remitió el