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30 NORMAS LEGALES Martes 4 de noviembre de 2025 El Peruano / necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la e fi ciencia; por lo que, su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua; Que, por tanto, la implementación de esta plataforma atiende una necesidad institucional fundamental de contar con mecanismos tecnológicos integrados que permitan a los administrados conocer en tiempo real el estado de tramitación de sus procedimientos administrativos a efectos que no tengan que recurrir a las consultas presenciales o telefónicas para obtener información de sus trámites; Que, en ese contexto, atendiendo a la necesidad de conocer y acceder a la información de los procedimientos administrativos registrales, la O fi cina de Tecnologías de la Información con la participación de la Dirección Técnica Registral desarrolló una plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, la misma que fue aprobada por la Resolución N° 00155-2025-SUNARP/SN, con la fi nalidad de garantizar la accesibilidad y transparencia en algunos trámites registrales, fortaleciendo así el principio de acceso permanente al procedimiento administrativo previsto en el numeral 1.19 del artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2029-JUS; Que, mediante el Informe N° 00016-2025-SUNARP/ GG/UFGDAC, la Unidad Funcional de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía de la Gerencia General concluye que resulta necesaria la evaluación, desarrollo e implementación, a cargo de la O fi cina de Tecnologías de la Información, de las mejoras correspondientes a la plataforma digital “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, a fi n de ampliar sus alcances a los documentos y expedientes administrativos ingresados por los ciudadanos en la mesa de partes presencial y virtual de la Sunarp (documentos y/o expedientes externos) con las restricciones a información y documentación exceptuada del acceso a la información pública; Que, con el Memorándum N° 01575-2025-SUNARP/ OTI, la O fi cina de Tecnologías de la Información informa que la entidad considera conveniente ampliar la referida plataforma en bene fi cio del ciudadano, toda vez que permitirá realizar el seguimiento de cualquier expediente administrativo, siempre y cuando no cuente con las restricciones de con fi dencialidad u otra excepción a la regla que hayan sido emanadas del análisis del área competente; Que, a través del Informe N° 01167-2025-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba la ampliación de la plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” a todos los expedientes administrativos, con las excepciones al derecho de acceso de la información pública previstas en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; asimismo, señala que el acto resolutivo corresponde sea emitido por la Superintendencia Nacional de conformidad con lo dispuesto en los literales i) e y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp; De conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP-SN; con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Tecnologías de la Información, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la ampliación de la plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” Aprobar la ampliación de la plataforma digital denominada “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” a todos los expedientes administrativos, con el límite de las excepciones al derecho de acceso de la información pública previstas en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.Artículo 2.- Alcances y características Los alcances y características de la ampliación de la plataforma digital “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” son: a) Conocer la trazabilidad en tiempo real del estado de tramitación de los documentos y expedientes administrativos que ingresa a la mesa de partes física y virtual de la Sunarp (documentos y/o expedientes externos). b) Acceso a la visualización y descarga de los documentos que se generen dentro de la tramitación del documento y/o expediente administrativo que ingrese. Artículo 3.- Entrada en vigencia La presente resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Disponer un periodo inicial de adaptación y mejora del “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes”, respecto a la ampliación dispuesta en la presente Resolución, que culmina el 17 de noviembre de 2025, a efectos de supervisar su adecuado funcionamiento, el cual estará a cargo de la O fi cina de Tecnologías de la Información. Artículo 5.- Publicación La presente resolución será publicada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2454828-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS y AFP, correspondiente al mes de noviembre CIRCULAR Nº 0019-2025- BCRP Lima, 3 de noviembre de 2025El índice de reajuste diario, a que se re fi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de noviembre es el siguiente: DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 1 11,65280 16 11,64700 2 11,65242 17 11,64661 3 11,65203 18 11,64622 4 11,65164 19 11,64584 5 11,65125 20 11,64545 6 11,65087 21 11,64506 7 11,65048 22 11,64468 8 11,65009 23 11,64429 9 11,64971 24 11,64390 10 11,64932 25 11,64351 11 11,64893 26 11,64313