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40 NORMAS LEGALES Viernes 3 de octubre de 2025 El Peruano / MTC/15 y sus modi fi catorias, se señalan los aspectos generales, área de inspección, áreas administrativas y las zonas de estacionamiento de la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los Centros de Inspección Técnica Vehicular; Que, mediante Resolución Directoral N° 239-2021- MTC/17.03 de fecha 20 de abril de 2021, se autorizó a la empresa I.T.V. CAMBRIDGE S.A.C., identi fi cada con RUC N° 20600444531, en adelante CITV, por el plazo de cinco (05) años, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado en Av. El Derby Mz. B, Lt.7, Urb. El Derby, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Directoral N° 460-2022- MTC/17.03 de fecha 24 de agosto de 2022, se autorizó al CITV la ampliación de una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Liviana, quedando con dos (02) líneas de inspección: una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado y una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Liviana; Que, mediante Resolución Directoral N° 0379-2025- MTC/17.03 de fecha 04 de julio de 2025, se autorizó al CITV la reducción de la Línea de Inspección Técnica Tipo Liviana, quedando con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado; Que, a través de la Hoja de Ruta N° T-314039-2025 de fecha 11 de julio de 2025, la señora ROSA MARCELA COSIO MARISCAL, identi fi cada con DNI N° 70371907, en calidad de Gerente General del CITV, solicitó se le otorgue la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado en Av. El Derby Mz. B, Lt.7, Urb. El Derby, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, mediante O fi cio N° 23054-2025-MTC/17.03 de fecha 14 de julio de 2025, la Dirección de Circulación Vial, en adelante DCV, consultó a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, si el CITV registra sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización, recaída en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-342710-2025 de fecha 31 de julio de 2025, SUTRAN remitió el O fi cio N° D000653-2025-SUTRAN-GPS de la misma fecha, a través del cual señala que el CITV no registra sanción de la naturaleza consultada; Que, a través de la Hoja de Ruta N° T-361689- 2025 de fecha 13 de agosto de 2025, el CITV presentó documentación complementaria a su solicitud de renovación de autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular, consistente en póliza de seguros de responsabilidad civil, plano de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva de la infraestructura inmobiliaria, así como precisiones sobre el personal que ya no forma parte de su nómina; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-367471-2025 de fecha 15 de agosto de 2025, el CITV solicitó la suspensión del cómputo de plazo del procedimiento administrativo, por cinco (05) días hábiles; siendo otorgada dicha suspensión mediante O fi cio N° 26930-2025-MTC/17.03 de fecha 18 de agosto de 2025, indicándose que sería computada del 15 al 21 de agosto de 2025; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-384632-2025 de fecha 26 de agosto de 2025, el CITV presentó plano de distribución y memoria descriptiva actualizados; Que, mediante Informe N° 180-2025-MTC/17.03.01/ aacr de fecha 27 de agosto de 2025, que versa sobre el análisis del plano de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva, se concluyó que la solicitud presentada por el CITV se encuentra acorde con lo dispuesto en el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, con O fi cio N° 28670-2025-MTC/17.03, de fecha 29 de agosto de 2025, se procedió a comunicar al CITV, la programación de la inspección in situ, para el día 29 de agosto de 2025, con el objeto de veri fi car el cumplimiento de las condiciones y requisitos para acceder a la renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 143-2025- MTC/17.03.01 de fecha 29 de agosto de 2025, se realizó la inspección in situ en el local ubicado en Av. El Derby Mz. B, Lt.7, Urb. El Derby, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constatándose que cumple con las condiciones de equipamiento, recursos humanos e infraestructura inmobiliaria, sin perjuicio de lo cual se identi fi có la presencia de un contenedor no declarado en el plano de distribución; Que, sin perjuicio de ello, mediante Hoja de Ruta N° E-395341-2025 de fecha 01 de septiembre de 2025, complementado con Hoja de Ruta N° E-398829-2025 de fecha 03 de septiembre de 2025, el CITV presentó medios probatorios que acreditan el retiro del contenedor; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi có que el CITV cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado en Av. El Derby Mz. B, Lt.7, Urb. El Derby, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, en el marco de lo establecido en el Procedimiento Administrativo “DCV-024: Renovación de la autorización como centro de inspección técnica vehicular - CITV” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los literales e), f), g), h) y l) del numeral 37.1 del artículo 37 y el artículo 43 del Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe N° 0268-2025-MTC/17.03.01, corresponde emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; el Manual de inspecciones técnicas vehiculares, tabla de interpretación de defecto de inspecciones técnicas vehiculares, y las características y especi fi caciones técnicas del equipamiento para los centros de inspección técnica vehicular y la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular, aprobado mediante Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- RENOVAR a la empresa I.T.V. CAMBRIDGE S.A.C., por el plazo de cinco (05) años, la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado en Av. El Derby Mz. B, Lt.7, Urb. El Derby, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, otorgada mediante Resolución Directoral N° 239-2021-MTC/17.03 de fecha 20 de abril de 2021. Artículo 2.- La empresa I.T.V. CAMBRIDGE S.A.C., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- PRECISAR que el personal técnico acreditado del CITV I.T.V. CAMBRIDGE S.A.C., es el siguiente: