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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (04/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Disponen publicación del proyecto de la guía denominada: “Metodología para el cálculo de multas por infracciones al interior de Áreas Naturales Protegidas”, con código GUI-DGTANP-007, en su versión 1.00, así como la Resolución de aprobación en la sede digital del SERNANP RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000076-2025- SERNANP/PE San Isidro, 3 de octubre del 2025VISTOS:El Informe Nº 000430-2025-SERNANP/OPP del 18 de setiembre de 2025, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000022-2025-SERNANP/ DGTANP del 29 de agosto de 2025, emitido por la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas, y el Informe Nº 000530-2025-SERNANP/OAJ del 29 de setiembre de 2025 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Institución; CONSIDERANDO:Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; asimismo con Ley Nº 31785 se modi fi ca el literal d) del numeral 2 de la segunda disposición complementaria fi nal del Decreto Legislativo 1013, Decreto Legislativo facultándolo para ejercer la potestad de ejecución coactiva, en los casos que corresponda; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, señala que las Áreas Naturales Protegidas tienen como objetivo asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, dentro de áreas sufi cientemente extensas y representativas de cada una de las unidades ecológicas del país, entre otros; precisando en el literal c) de su artículo 6, que corresponde al SERNANP aprobar las normas administrativas necesarias para la gestión y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2022-MINAM, se aprobó el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por afectación a las Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional, el cual fue modi fi cado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2025-MINAM; Que, con Resolución Presidencial Nº 108-2022-SERNANP de fecha 20 de abril de 2022, se aprobó la Metodología para el cálculo de multas por infracciones al interior de las áreas naturales protegidas, con código GUI-DGANP-PE-04; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000012-2025-SERNANP/PE, se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, el mismo que establece en el literal j) de su artículo 66, que las Jefaturas de las ANP ejercen el rol de autoridad instructora en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) por afectación a las ANP del SINANPE, correspondiendo, de conformidad con el literal g) de su artículo 61, a la Subdirección de Supervisión, Vigilancia y Control ejercer el rol de autoridad decisora y primera instancia en los mencionados PAS; Que, mediante Informe Nº 000022-2025-SERNANP/ DGTANP, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, remite la propuesta de modi fi cación de la metodología para el cálculo de multas por infracciones al interior de las Áreas Naturales Protegidas, precisando que: “La presente propuesta busca justi fi car la pertinencia de modi fi car la metodología de cálculo de multas en el marco de los procesos administrativos sancionadores en áreas naturales protegidas, resaltando la necesidad de una herramienta que responda a los retos ambientales y económicos actuales, y que contribuya a una gestión ambiental más efectiva y equitativa” ; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando que el aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles; Que, mediante el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, dispone que: “(…), los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso.”; Que, el numeral 7.1, artículo 7 del mencionado Reglamento, indica taxativamente las normas que obligatoriamente se publican en el diario o fi cial, entre las cuales el literal g) comprende a: “Las resoluciones administrativas que aprueban reglamentos, directivas y lineamientos, cuando sean de ámbito general, siempre que sean dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creación o normas complementarias, conforme a ley”; Que, en ese contexto, mediante los informes de vistos, se dispone, en cumplimiento al marco normativo vigente, la publicación del proyecto de guía denominada: “Metodología para el cálculo de multas por infracciones al interior de Áreas Naturales Protegidas”, con código GUI-DGTANP-007 en su versión 1.00, a fi n que sea puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Con las visaciones de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones contenidas en el literal d), artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000012-2025-SERNANP/PE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de la guía denominada: “Metodología para el cálculo de multas por infracciones al interior de Áreas Naturales Protegidas”, con código GUI-DGTANP-007, en su versión 1.00, así como la Resolución de aprobación en la sede digital del SERNANP (www.gob.pe/sernanp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.