Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (04/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una invitación del NPCI International Payments Limited , para participar en la 6th edition of the Global Fintech Fest – Empowering Finance for a Better World – Powered by AI , que se realizará del 7 al 10 de octubre, en la ciudad de Mumbai, India; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación de la estabilidad fi nanciera, la regulación y vigilancia de pagos e infraestructuras fi nancieras y la promoción de los pagos digitales minoristas interoperables; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, así como por sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 4 de setiembre de 2025; SE RESUELVE: Artículo 1 °.- Autorizar la misión en el exterior del señor José Luis Vásquez Paz, Subgerente de Estrategia y Desarrollo de Pagos Digitales Minoristas de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, del 7 al 10 de octubre a la ciudad de Mumbai, India, y el pago de los gastos, a fi n de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2 °.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 4109,80 Viáticos US$ 1805,00 TOTAL US$ 5914,80 Artículo 3° .- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2439446-1 CONTRALORÍA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 424-2025-CG Lima, 3 de octubre de 2025VISTOS:La Hoja Informativa N° 000221-2025-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; la Hoja Informativa N° 000072-2025-CG/GRLA, de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque; el Memorando N° 001129-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 001657-2025-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000663-2025-CG/PER y la Hoja de Envío N° 029709-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa N° 000755-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 001019-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 074- 2024-CG de 07 de febrero de 2024, se designó al señor Luis Gerardo Gutiérrez Jiménez en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque; Que, mediane Carta N° 005246-2024-PER de 25 de agosto de 2025, se noti fi có al señor Luis Gerardo Gutiérrez Jiménez la extinción de su vínculo laboral con la Contraloría General de la República, por la causal objetiva de extinción del contrato de trabajo estipulada en el literal f) del artículo 16 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR; precisándose como último día de labores el 09 de setiembre de 2025; Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental mediante la Hoja Informativa N° 000221-2025-CG/VCG, en atención a sus funciones establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y