TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / Que, la solicitud de autorización de viaje es evaluada y sustentada por la Dirección General de Aeronáutica Civil con el Informe N° 0468-2025-MTC/12, conforme a la Orden de Inspección N° 2195-2025-MTC/12.04 y el Informe N° 0451-2025-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, siendo que, dicha Dirección General señala que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza en cumplimiento de las funciones que le han sido atribuidas de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JORGE ROSENDO CUELLAR GONZALES, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 7 al 11 de octubre de 2025, para los fi nes antes expuestos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JORGE ROSENDO CUELLAR GONZALES, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 7 al 11 de octubre de 2025, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa PUMA AIR S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDO DEL 7 AL 11 DE OCTUBRE DE 2025 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0451-2025-MTC/12.04 y Nº 0468-2025-MTC /12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 2195-2025- MTC/12.047-Oct 11-Oct 1850.00PUMA AIR S.A.C.JORGE ROSENDO CUELLAR GONZALESSANTIAGOREPÚBLICA DE CHILEInspección técnica por renovación de conformidad a la aeronave modelo AS350B3, con matrícula CC-AEU.067331 - 070210 2445654-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Dan por concluida designación de Director Titular ante el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedacusco S.A. - EPS SEDACUSCO S.A. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 20-2025- VIVIENDA/VMCS Lima, 6 de octubre de 2025VISTOS: La Nota Nº 0100-2025-VIVIENDA/SG-OGC de la Ofi cina General de Comunicaciones; el Memorándum Nº 187-2025-VIVIENDA/VMCS del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento; la Nota Nº 473-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (en adelante, DGPRCS); el Informe Nº 687-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Informe Nº 811-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 06-2025-VIVIENDA/VMCS se designa al señor Fernando Federico Romero Neira, en el cargo de Director Titular, para un nuevo periodo, ante el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedacusco S.A. - EPS SEDACUSCO S.A., propuesto por la Sociedad Civil; Que, el artículo 31 de la Constitución Política del Perú establece que la ley debe garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública (en adelante, Código de Ética), establece que para los fi nes de la citada Ley se entenderá por entidad o entidades de la Administración Pública a las indicadas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, incluyendo a las empresas públicas; Que, asimismo, el artículo 4 del Código de Ética considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública