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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (16/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Jueves 16 de octubre de 2025 El Peruano / Que, en concordancia con la Ley Nº 32185 que aprueba la “Ley de Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Año Fiscal 2025” en su Artículo 4º.- Acciones Administrativas en la Ejecución del Gasto Público, señala. 4.1 “Las entidades públicas sujetan la ejecución de sus gastos a los créditos presupuestarios autorizados en la Ley de Presupuesto del Sector Público (…)” y 4.2 “Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son e fi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el Presupuesto Institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo la exclusiva responsabilidad del Titular de la Entidad, así como del Jefe de la O fi cina de Presupuesto y del Jefe de la O fi cina de Administración o los que hagan veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1440…”. Y en su Artículo 5º.- Control del Gasto regula 5.1“Los titulares de las entidades públicas, el jefe de la O fi cina de Presupuesto y el jefe de la O fi cina de Administración, o los que hagan sus veces en el pliego presupuestario, son responsables de la debida aplicación de los dispuestos en la presente Ley (…)”; Que, mediante Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, establece en su Artículo 12º. Certi fi cación del Crédito Presupuestario y su registro en el SIAF-SP “12.1 La certi fi cación del crédito presupuestario a que hace referencia los numerales 41.1, 41.2 y 41.3 del artículo 41 del Decreto Legislativo Nº 1440, constituye un acto de administración cuya fi nalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fi scal respectivo, en función a la PCA, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso.”; Que, a través del Memorándum Nº 2009-2025-UP- OPYPTO-UNP del 22.Set.2025, emitido por el Dr. Ernesto Quezada Poicón, Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el CPC Andrés Ipanaque Feria, Jefe de la Unidad de Presupuesto, se otorga certi fi cación presupuestal para atender lo solicitado, según el detalle siguiente: “OTORGAR CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL PARA INSCRIPCIÓN DEL CURSO DE CONGRESO DE EDUCADORES 2025 S/. 577.50 SOLES ($165 DÓLARES) Y COSTO DE INSCRIPCIÓN - XXXVI CIC 2025 S/. 2,520.00 SOLES ($720.00 DÓLARES), PASAJES AÉREOS INTERNACIONALES S/. 6,000.00 SOLES Y 08 DÍAS DE VIÁTICOS INTERNACIONALES (SEGÚN ESCALA $370.00 DIARIOS X 8 DÍAS X T.C. 3.50) S/. 10,360.00 SOLES, A CADA UNO DE LOS SIGUIENTES EL DR. ENRIQUE CACERES FLORIAN - RECTOR ENCARGADO DEL DESPACHO RECTORAL Y EL CPC ANDRES IPANQUE FERIA - JEFE DE LA UNIDAD DE PRESUPUESTO, QUIEN PARTICIPARÁ AL CURSO DE CONGRESO DE EDUCADORES 2025 Y XXXVI CIC 2025, EN PARAGUAY, A PARTIR DEL 18 DE OCTUBRE DEL 2025.” CADENA FUNCIONAL PROGRAMÁTICA CERTIFICADO Nº 6468 RUBRO DE FINANCIAMIENTO00 RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN FUNCIONAL 0005 GESTIÓN DEL PROGRAMA GENÉRICA DE GASTO 2.3. BIENES Y SERVICIOS APELLIDOS Y NOMBRES PARTIDAS 2.3.2.1.1.1 PASAJES INTERNACIONALES2.3.2.1.1.2 VIÁTICOS INTERNACIONALES2.3.2.1.2.99 OTROS GASTOS DR. ENRIQUE RAMIRO CÁCERES FLORIÁN6,000.00 10,360.00 3,097.50 CPC ANDRÉS IPANAQUE FERIA6,000.00 10,360.00 3,097.50 SUB TOTAL 12,000.00 20,720.00 6,195.00 TOTAL 38,915.00Que, con O fi cio Nº 4090-J-URH-UNP-2025 del 01.Oct.2025, la Mtro. Econ. Viviana E. Bustamante Palomino, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos alcanza el O fi cio Nº 0351-AE-URH-UNP-20255 del 26.Set.2025, suscrito por el Miguel Arturo Davies Castro, Especialista del Área de Escalafón de la Unidad de Recursos Humanos, se señala textualmente: “(…) que en relación con el pedido de licencia con goce de haber a favor del señor Dr. Enrique Ramiro Cáceres Florián en su calidad de Rector Encargado de la UNP y del servidor administrativo Sr. CPC Andrés Ipanaque Feria, quienes participarán en el Congreso Internacional de Educadores del Área Contable y en la Conferencia Internacional de Contabilidad, a realizase en la República de Paraguay los días comprendidos del 18 al 25.Oct.2025. Sobre el particular, se menciona que la licencia con goce de haber que nos ocupa, está siendo requerida y autorizada por el señor Rector, en su calidad de Titular del Pliego, siendo así esta Unidad considera procedente la licencia por el tiempo que se menciona en el presente documento.”; Que, complementariamente, mediante O fi cio Nº 4128-J-URH-UNP-2025 del 06.Oct.2025, la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos emite opinión técnica sobre la pertinencia y necesidad institucional de aprobar lo solicitado señalando textualmente lo siguiente: “1. De conformidad con el artículo 60 de la Ley Universitaria N.º 30220, el Rector es el personero y representante legal de la Universidad, teniendo a su cargo la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos. Por ello, su participación en el evento citado se enmarca en su función de representación institucional y fortalecimiento de la gestión académica y administrativa, alineada con los objetivos estratégicos de la UNP. 2. Por su parte, de acuerdo con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la O fi cina de Presupuesto es responsable de conducir el proceso presupuestario de la entidad, por lo que la participación del Jefe de la Unidad de Presupuesto en actividades de actualización contable y fi nanciera contribuye al perfeccionamiento técnico requerido para el cumplimiento de sus funciones. 3. Asimismo, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE, la O fi cina de Recursos Humanos tiene a su cargo la identi fi cación de necesidades de capacitación, considerando la pertinencia respecto al puesto y los objetivos institucionales. En ese sentido, si bien la actividad internacional referida no se encuentra contemplada en el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP) vigente, esta Unidad considera procedente su ejecución por tratarse de una disposición directa del Titular del Pliego, cuyo ejercicio de funciones implica la representación y dirección de la entidad, además de fomentar el desarrollo de competencias en los niveles directivos estratégicos. 4. En atención a lo expuesto, esta Unidad emite opinión favorable sobre la pertinencia y procedencia institucional de la capacitación con goce de haber solicitada, al encontrarse en concordancia con los fi nes institucionales y el fortalecimiento de capacidades de los funcionarios mencionados.”; Que, con Informe Nº 1350-2025-OCAJ-UNP del 06.Oct.2025, la Abog. Evelyn M. Adrianzen Palacios, en calidad de Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica, textualmente recomienda: “a) Respecto del otorgamiento de licencia del Dr. Enrique Ramiro Cáceres Florián, debe declararse PROCEDENTE, en virtud a lo expuesto en los numerales 2.1 al 2.5 del presente informe. b) Respecto del otorgamiento de licencia del servidor Andrés Ipanaque Feria, debe declararse PROCEDENTE, en virtud a lo expuesto en los numerales 2.6 al 2.12 del presente informe. c) Se debe declarar PROCEDENTE el otorgamiento de pasajes y viáticos para el Dr. Enrique Ramiro Cáceres Florián y para el servidor Andrés Ipanaque Feria, conforme a la cobertura presupuestal otorgada mediante Memorándum Nº 2009-2025-UP-OPYTO-UNP, por los demás argumentos expuestos en el presente informe. d) Se debe ELEVAR a sesión de Consejo Universitario, a fi n de que este órgano de gobierno se pronuncie respecto de la autorización del viaje al exterior del Dr. Enrique Ramiro Cáceres Florián y del servidor Andrés Ipanaque Feria; debiéndose publicar la Resolución de autorización de viaje en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad