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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (16/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 16 de octubre de 2025 El Peruano / Que, el Informe Nº 01027-2025/UNTUMBES-OPP- UPP e Informe Nº 01028-2025/UNTUMBES-OPP-UPP de fecha 06 de octubre de 2025, emitido por el jefe de la Unidad de Presupuesto, informa la disponibilidad presupuestal asignada para cada docente en relación al evento por el cual han sido invitados por el monto de S/. 3,500.00 (Tres Mil Quinientos con 00/100soles) cuya fuente de fi nanciamiento es a través de recursos ordinarios, por lo que, con fecha 07 de octubre de 2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite los informes respectivos mediante O fi cio Nº 1190-2025/ UNTUMBES-OPP y O fi cio Nº 1191-2025/UNTUMBES- OPP al Director General de Administración. Que, con Proveído Nº 01768-2025/ UNTUMBES- DGADM, de fecha 09 de octubre de 2025, el Director General de Administración pone a conocimiento del Rector la asignación presupuestal para conocimiento y fi nes pertinentes. Que, en razón de lo antes expuesto, concordante con lo establecido por la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2025; Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, Estatuto de la Universidad Nacional de Tumbes, es útil disponer la autorización del viaje en los términos que se consignan en la parte resolutiva. Que, en razón de lo anterior y en uso de las atribuciones que son inherentes al señor rector. SE RESUELVE Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del Mg. MILTON SANDRO SOCOLA SUNCIÓN y Mg. RONALD GARCÍA CAMIZAN, docentes adscritos al Departamento Académico de Acuicultura de la Facultad de Ingeniería Pesquera y Ciencias del Mar de esta casa de estudios al Congreso Internacional de Acuacultura y AQUAEXPO 2025 en el Centro de Convenciones de la Ciudad de Guayaquil - Ecuador, los días 20 al 23 de octubre de 2025, otorgándoseles una subvención económica con cargo al presupuesto de recursos ordinarios por los siguientes detalles: META 10 FINALIDAD CAPACITACIÓN DOCENTE FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS CLASIFICADOR DETALLE MONTO 2.5.31.199SUBVENCIONES FINANCIERAS A OTRAS PERSONAS NATURALES3,500.00 SUBVENCIONES FINANCIERAS A OTRAS PERSONAS NATURALES3,500.00 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL 7,000.00 Artículo 2º.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Recursos Humanos, el cumplimiento de las acciones conforme a sus competencias y que se deriven de lo antes dispuesto. Artículo 3º.- NOTIFICAR a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos y recurrentes. Artículo 4º.- AUTORIZAR la publicación de la presente Resolución en el diario “El Peruano”. Dada en Tumbes, a los diez días del mes de octubre de dos mil veinticinco. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE EDISON BENITES JUÁREZ Rector IVÁN ABDÓN PUELL SEMINARIO Secretario General 2448074-1Autorizan viaje de Rector (e) y funcionario de la Universidad Nacional de Piura para participar en eventos a realizarse en Paraguay UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0625-CU-2025 Piura, 7 de octubre del 2025VISTO: El Expediente Nº 000864-0201-25-4 que contiene el Ofi cio Nº 3714-R-UNP-2025 del 17.Set.2025, presentado por el Dr. Enrique Ramiro Cáceres Florián, Rector (e) de la Universidad Nacional de Piura solicitando autorización para viajar al exterior, el otorgamiento de licencia con goce de haber, viáticos y otros bene fi cios a favor de su persona y otros funcionarios. Asimismo, el Memorándum Nº 2009-2025-UP-OPYPTO-UNP del 22.Set.2025, el Ofi cio Nº 0351-AE-URH-UNP-20255 del 26.Set.2025, el O fi cio Nº 4090-J-URH-UNP-2025 del 01.Oct.2025, el O fi cio Nº 4128-J-URH-UNP-2025 del 06.Oct.2025, el Informe Nº 1350-2025-OCAJ-UNP del 06.Oct.2025, el Ofi cio Nº 3979-R-UNP-2025 del 06.Oct.2025; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe: “(…) Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes (…)”; Que, mediante Ley Nº 13531 del 03.Mar.1961, fue creada la Universidad Nacional de Piura, cuya sede está ubicada en el Distrito de Castilla, Departamento de Piura, cuyos fi nes se encuentran estipulados en el artículo 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, Aprobado en Sesión Plenaria de Asamblea Estatutaria del 13.Oct.2014 (Ley Nº 30220 - Ley Universitaria); Que, el artículo 8º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, prescribe: “(…) La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; asimismo, los numerales 8.4 Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo y 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional, así como para fi jar el destino de sus recursos propios directamente recaudados, mani fi esta los regímenes de su autonomía; Que, con O fi cio Nº 3714-R-UNP-2025 del 17.Set.2025, el Dr. Enrique Ramiro Cáceres Florián, Rector (e) de la Universidad Nacional de Piura, se dirige ante el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto para indicarle que su persona y el CPC Andrés Ipanaque Feria, Jefe de la Unidad de Presupuesto, participarán en el “XV Congreso Interamericano de Educadores del Área de Contable” y en la “XXXVI Conferencia Interamericana de Contabilidad”, a realizarse en la República de Paraguay del 18 al 25.Oct.2025, en representación de nuestra Casa de Estudios. Para tal efecto, solicita el otorgamiento de pasaje aéreos nacionales e internacionales: Piura-Lima-Paraguay y viceversa, asimismo viáticos por ocho (8) días y costos de inscripción para cada uno de los participantes; Que, el artículo 175º numeral 10 del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, dispone como atribución del Rector y Vicerrector el siguiente: “175.10 Solicitar autorización de viaje fuera del país al Consejo Universitario, debiendo rendir informe escrito a su retorno; salvo caso de extrema urgencia.”;