NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/09/2025)
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69 NORMAS LEGALES Viernes 5 de setiembre de 2025 El Peruano / cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; y que los temas que se desarrollarán en el referido evento son de interés y redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva N° SBS-DIR-SBS-085-27 que establece Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto y la Resolución SBS N° 04357-2024 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2025; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Susana Fabiola García Merino , Coordinador Ejecutivo de Regulación de Conducta de Mercado, Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Aspectos Administrativos Normativos del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Jurídica, del 07 al 11 de setiembre de 2025 a la ciudad de París, República Francesa, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 2 474,16 Viáticos US$ 2 160,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2434222-1 Disponen actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre septiembre 2025 - noviembre 2025 CIRCULAR Nº F -614-2025 Lima, 4 de setiembre de 2025 CIRCULAR Nº F - 614 - 2025 Nº CRAC - 330 - 2025 Nº B - 2276 - 2025 Nº CMAC - 463 - 2025 -------------------------------------------------------------- Ref. : Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre septiembre 2025 - noviembre 2025 --------------------------------------------------------------- Señor Gerente General / Gerencia Mancomunada: Sírvase tomar nota que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo septiembre 2025 - noviembre 2025, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153 de la Ley General; y, sobre la base de lo señalado en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo septiembre 2025 - noviembre 2025 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS SEPTIEMBRE 2025 - NOVIEMBRE 2025 (*) Monto en Soles 118,300 (*) Actualización para el trimestre septiembre 2025 - noviembre 2025 en base a la Variación IPM diciembre 1998 – agosto 2025: 1.90756993 Atentamente, SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2435328-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ÁNCASH Ordenanza Regional que aprueba la Actualización al 2025 - 2027 del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Áncash 2024 - 2027 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2025-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH; POR CUANTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día 07 de agosto de 2025, en atención a la CONVOCATORIA Nº 08-2025-SO-GRA-CR/CD, de fecha 24 de julio de 2025; visto y debatido el DICTAMEN Nº 02-2025-GRA/CR-CODHSCISPC, elaborado por la Comisión Ordinaria de Derechos Humanos, Seguridad Ciudadana, Inclusión Social y Participación Ciudadana del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con su sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y sus modi fi caciones, los artículos 8º y 31º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, dispositivo concordante con los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y sus modi fi caciones y el artículo 4º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash (en adelante RIC), aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2023-GRA/CR;