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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de setiembre de 2025 El Peruano / Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 3 días US$ 2,220.00 --------------------Total a pagar: US$ 2,220.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Superior autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- Los citados O fi ciales Superiores revistarán en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período de tiempo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2439310-1 Aprueban el Lineamiento General N° 00001-2025-MINDEF/VRD-DGRRMM “Lineamiento General para regular las contrataciones por la modalidad de encargo de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército S.A.C.” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01169-2025-DE Lima, 16 de setiembre del 2025VISTOS: Los O fi cios N° 01389 y N° 01459-2025-MINDEF/ VRD-DGRRMM de la Dirección General de Recursos Materiales; el O fi cio N° 02924-2025-MINDEF/VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 00024-2025-MINDEF/VRD- DGRRMM-DIGREM de la Dirección de Gestión de Recursos Materiales; el Informe N° 00161-2025-MINDEF/ VRD-DGPP-DIDOM de la Dirección de Desarrollo Organización y Modernización; y, el Informe Legal N° 01792-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29314, Ley de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército – FAME S.A.C., como empresa del Estado con accionariado privado y dentro del ámbito del Ministerio de Defensa; estableciéndose en el literal a) artículo 2, que su objeto social comprende “Efectuar la comercialización, desarrollo, fabricación, ensamblaje, modi fi cación, modernización, mantenimiento de sistemas de armas y municiones de guerra, así como de explosivos, equipamiento, vehículos de uso militar y policial; la investigación y desarrollo tecnológico; y actividades conexas para abastecer a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú u otros organismos del Estado, de acuerdo a los objetivos aprobados por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior” ; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ley, precisa que “Las actividades que FAME S.A.C. realiza para las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y otros organismos del Estado, referidas en el literal a) del artículo 2, son efectuadas conforme a la modalidad de encargo, según contratos aprobados por resolución de las comandancias generales de los Institutos Armados, por la Comandancia General de la Policía Nacional y por los demás organismos del Estado, según corresponda; los que deben señalar el objeto, la modalidad, el fi nanciamiento y la afectación de fondos, sin excluir, cuando sea conveniente a la seguridad nacional, la participación de terceros. La modalidad de encargo es de obligatorio cumplimiento por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y otros organismos del Estado, en tanto cumplan con el rol estratégico previsto para FAME S.A.C.” ; Que, el numeral 16 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como una función especí fi ca del Ministerio de Defensa, “Velar que las actividades de las empresas y organismos públicos del sector respondan a las exigencias de ejecución de los planes estratégicos, para el mantenimiento de la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas y necesidades propias de la Seguridad y Defensa Nacional” ; Que, el numeral 9 del artículo 8 de la referida norma precisa que las empresas del Sector Defensa “Son entidades estatales reguladas por la legislación sobre la materia. Tienen a su cargo la producción de bienes o la prestación de servicios en función de los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, de acuerdo a la normatividad vigente” ; Que, el Decreto Legislativo N° 1142, Ley de Bases para la Modernización de las Fuerzas Armadas, establece en el numeral 4 de su artículo 5 que es un objetivo del proceso de reforma y modernización de las Fuerzas Armadas, “Impulsar el autoabastecimiento de las Fuerzas Armadas con materiales y bienes fabricados por la industria militar nacional, en la medida que resulten más e fi cientes” ; Que, mediante Resolución Ministerial N° 01174- 2024-DE del 21 de octubre de 2024, se aprobaron los “Lineamientos que regulan las contrataciones bajo la modalidad de encargo de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército S.A.C. – FAME S.A.C.” con la fi nalidad de orientar a las Fuerzas Armadas y la FAME S.A.C., en la correcta aplicación de la modalidad de encargo para la adquisición, fabricación, ensamblaje, modernización y mantenimiento de sistemas de armas, municiones, vehículos, equipamiento y actividades conexas, en el marco de lo señalado en el literal a) del artículo 2 y la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 29314; siendo posteriormente modi fi cados dichos Lineamientos a través de la Resolución Ministerial N° 01198-2024-DE del 25 de octubre de 2024; Que, por medio del O fi cio N° 01389-2025-MINDEF/VRD- DGRRMM, la Dirección General de Recursos Materiales remite el Informe Técnico N° 00024-2025-MINDEF/VRD-DGRRMM-DIGREM, por el que la Dirección de Gestión de Recursos Materiales propone y sustenta la aprobación del proyecto de “Lineamiento General para regular las contrataciones por la modalidad de encargo de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército S.A.C.”, a fi n de atender la situación adversa identi fi cada por el Órgano de Control Institucional en el Informe de Orientación de O fi cio N° 015-2025-OCI/0848-SOO; y, de ese modo, establecer precisiones y/o mejoras que permitan orientar la correcta aplicación de la modalidad de encargo establecida en la Ley N° 29314, y garantizar que las contrataciones que se realicen con la FAME S.A.C. se efectúen bajo los principios rectores de la contratación pública, asegurando que las entidades contratantes cuenten con los bienes y/o servicios necesarios para cumplir con las funciones asignadas en el marco de la Seguridad y Defensa Nacional; Que, mediante O fi cio N° 01459-2025-MINDEF/VRD- DGRRMM, la Dirección General de Recursos Materiales precisa que la propuesta elaborada se enmarca en la capacidad rectora y normativa legalmente conferida al Ministerio de Defensa para supervisar las actividades de las Empresas del Sector y velar que las mismas atiendan a las necesidades propias de la Seguridad y Defensa Nacional, siendo necesario que el proyecto de Lineamiento General sea de cumplimiento obligatorio; por lo que no se enmarca en los alcances de la Directiva