Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de setiembre de 2025 El Peruano / entrega una garantía de fi el cumplimiento antes de la aprobación del contrato y/o adenda/s, por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto total. En caso de que una modi fi cación contractual implique un incremento del monto contractual y/o del plazo, la FAME S.A.C. entrega una garantía proporcional al nuevo monto y/o plazo establecido. Por otro lado, si la modi fi cación contractual implica una reducción del monto contractual y/o del plazo, la FAME S.A.C. puede solicitar la reducción proporcional de la garantía, la cual es evaluada y aceptada o denegada por las entidades contratantes, en función del cumplimiento de las obligaciones contraídas. 5.8. De la titularidad de los bienes Las entidades contratantes son los titulares de los bienes materia del contrato aprobado, por ende, realizan las acciones necesarias para su ingreso, gestión y administración institucional de dichos bienes. 5.9. Del registro La información referente a los contratos aprobados bajo la modalidad de encargo es registrada por las entidades contratantes en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, teniendo en cuenta las excepciones previstas en las normas de la materia. 2439345-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01135-2025-DE Mediante O fi cio N° 04084-2025-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 01135-2025-DE, publicada en la edición del día 12 de setiembre de 2025. DICE: “Artículo 3. - La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 370.00 x 3 días x 7 personas US$ 7,700.00 Total a pagar: US$ 7,700.00” DEBE DECIR: “Artículo 3 .- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 370.00 x 3 días x 7 personas US$ 7,770.00 Total a pagar: US$ 7,770.00” 2439321-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Declaran el segundo domingo del mes de septiembre de cada año, como “Día Nacional del Pan con Chicharrón de Cerdo Peruano”, a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0368-2025- MIDAGRI Lima, 16 de setiembre de 2025VISTOS: La Carta Nº 0622-2025-ASOPORCI-PRES de la Asociación Peruana de Porcicultores; el Proveído de Secretaría General del 16 de septiembre de 2025; el Memorando Nº 0717-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG de la Dirección General de Desarrollo Ganadero que adjunta el Informe Legal Nº 0041-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-ROMR; y el Informe N° 1274-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado - PESEM 2024-2030 del Sector Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 065-2024-MIDAGRI, de fi ne como Objetivo Estratégico 3: “Elevar los niveles de competitividad y productividad de los sectores económicos, en base a la diversi fi cación productiva, generación de valor agregado y la tecnológica dentro de todos los sectores productivos, en el marco de una economía verde y baja en carbono y con el aprovechamiento de las tecnologías emergentes”; Que, el Plan Estratégico Institucional Actualizado PEI 2025-2030, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0020-2025-MIDAGRI, establece el Objetivo Estratégico Institucional 04: “Mejorar la oferta de productos orientados al mercado de los productores agrarios”; Que, actualmente del total de la población porcina, el 58% es crianza de traspatio, el 4% es de tipo familiar o semi intensiva y el 38% son explotación intensiva; sin embargo, con respecto a la producción, la crianza de traspatio aporta el 20%, la familiar o semi intensiva el 5% y la crianza intensiva el 75%. Para el año 2024, la producción de carne de cerdo en el Perú alcanzó las 209 mil toneladas, participando en esta actividad 419,702 productores, siendo las regiones con mayor producción: Lima (44%), La Libertad (11%), Ica (7%), Arequipa (7%) y Huánuco (4%); Que, la ganadería nacional ha tenido en general un crecimiento lento, debido básicamente a la ausencia de técnicas en su explotación y la reducción en la demanda de la población. En el caso de la carne de cerdo, su bajo consumo repercute sobre la producción e ingresos de los porcicultores nacionales, pues mientras que el consumo de cerdo en algunos países industrializados es alto, como por ejemplo Hong Kong (82 kg/hab./año), la Unión Europea (41,1 kg/hab./año), China (40 kg/hab./año), Taiwán (39,5 kg/hab./año), Corea del Sur (38,2 kg/hab./año), y Estados Unidos (28,8 kg/hab./año); sin embargo, en el Perú, el consumo en el 2024 alcanzó los 10,5 kg/hab./año, creciendo respecto al año 2023, que fue de 9,7 kg/hab./año; Que, el consumo de carne de cerdo es muy sensible a los cambios de precios, debido a múltiples opciones de consumo de proteína, incluso de origen vegetal. Esto signi fi ca que precios muy altos de la carne originan desplazamientos hacia bienes substitutos, como pescado, huevos, quesos, fríjoles, etc.; por ello la necesidad de fomentar su consumo a nivel nacional; Que, mediante Carta Nº 0622-2025-ASOPORCI- PRES, la Asociación Peruana de Productores de Porcinos (ASOPORCI), solicita instaurar a nivel nacional “El Día Nacional del Pan con Chicharrón de Cerdo Peruano”, fundamentando su propuesta en que el pan con chicharrón es una tradición peruana, un punto de encuentro familiar y un símbolo de la cultura que recientemente ha sido reconocido a nivel internacional al coronarse en el “Mundial de Desayunos”. Su institucionalización a través de un día conmemorativo representaría no solo un homenaje a nuestra gastronomía, sino también un impulso directo a la cadena productiva nacional; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 91 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y