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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de setiembre de 2025 El Peruano / Salud, a favor del citado Ministerio, para fi nanciar el “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 190-2021-EF; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00000233-2025-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando N° 0397-2025-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, emite opinión favorable respecto a la Transferencia de Partidas del Instituto Nacional de Salud a favor del Ministerio de la Producción, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar la ejecución del “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo N° 190-2021-EF; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, del Instituto Nacional de Salud a favor del Ministerio de la Producción, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 32186, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del Ministerio de la Producción para fi nanciar la ejecución del “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo N° 190-2021-EF, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Salud, en el marco de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 32186, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 131 : Instituto Nacional de SaludUNIDAD EJECUTORA 004 : Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no Resultan en Productos PROYECTO 2502896 : Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el sistema nacional de vigilancia en salud pública 25 departamentos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 50 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 50 000 000,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la ProducciónUNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosACTIVIDAD 5006387 : Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 50 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 50 000 000,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendarios de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendarios de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se detallan en el Anexo “Desagregación de Ingresos”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se presenta junto con la resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la unidad ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2439349-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes DECRETO SUPREMO N° 196-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA