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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de setiembre de 2025 El Peruano / - Cada doce (12) meses durante su permanencia en el centro de inseminación arti fi cial. 9. Campilobacteriosis genital bovina: a. Los toros donantes permanecieron en un centro de inseminación arti fi cial donde no se declaró ningún caso de campilobacteriosis genital bovina durante su permanencia; y, b. Los toros donantes son sometidos al descarte de la enfermedad mediante cultivos de semen y/o de muestras prepuciales con resultado negativo, realizadas durante el ingreso al centro de inseminación arti fi cial y cada doce (12) meses durante su permanencia (indicar fechas). 10. Brucelosis: a. Todos los toros donantes en el centro de inseminación arti fi cial son sometidos a un programa de control de la brucelosis bovina y son sometidos a una prueba, realizada cada seis (6) meses, de: - Antígeno de Brucella tamponado; o, - ELISA competitivo; o, - Polarización de la fl uorescencia; o, - Fijación de complemento. Y, b. Los toros donantes no están vacunados contra la infección por Brucella. 11. Leucosis bovina: a. Los toros donantes han resultado negativos a:- Dos (2) pruebas de Inmunodifusión en Gel de Agar; o, - Dos (2) pruebas de ELISA indirecta; o, - Dos (2) pruebas de ELISA de bloqueo o competitiva. Cualquiera de ellas efectuadas a partir de muestras sanguíneas: la primera, no menor de treinta (30) días anteriores a la fecha de colecta de semen; y la segunda, no menor a noventa (90) días siguientes a la fecha señalada; o, b. El semen procede de un toro donante que tuvo una muestra de semen de cada partida de exportación como negativa a PCR; o, c. Una muestra de semen congelado de cada partida (colectada de un toro donante en la misma fecha) para ser exportada debe ser sometida a PCR o prueba de aislamiento viral. 12. Rinotraqueitis infecciosa bovina (IBR): a. Los toros donantes permanecieron en un rebaño libre de rinotraqueítis infecciosa bovina/vulvovaginitis pustular infecciosa en el momento de la colecta de semen; o, b. Los toros donantes se aislaron en el momento de la colecta del semen y durante los treinta (30) días siguientes y resultaron negativos a una prueba de diagnóstico para la detección de la rinotraqueítis infecciosa bovina/ vulvovaginitis pustular infecciosa efectuadas a partir de una muestra sanguínea colectada veintiún (21) días, por lo menos, después de la colecta del semen; o, c. Una parte alícuota de cada partida (colectada de un toro donante en la misma fecha) de semen resultó negativa a una prueba de aislamiento del virus o una prueba PCR o prueba de aislamiento viral. 13. Tricomoniasis:Los toros donantes han permanecido en un centro de inseminación arti fi cial donde no fue declarado ningún caso de Tricomoniasis; y, Los toros donantes resultaron negativos al examen microscópico directo y al cultivo de muestras prepuciales, realizada durante el ingreso al centro de inseminación artifi cial y cada doce (12) meses durante su permanencia (indicar fechas). 14. Diarrea viral bovina:Los toros donantes han sido aislados antes de la colecta de semen, por un período de veintiocho (28) días, y dieron resultado negativo a: a. Una (1) prueba de aislamiento en cultivo celular de muestras de células leucocitarias, sangre completa, leucocitos lavados o suero con adición de un sistema de inmunomarcaje (inmunoperoxidasa o fl uorescencia); o, b. Identi fi cación del agente en sangre, plasma o suero por la prueba de ELISA de captura de antígenos (ELISAs de captura E RNS); o, c. Identi fi cación del agente en sangre por la prueba de PCR con transcripción inversa (RT-PCR); o, d. Una (1) muestra de semen congelado de cada partida (colectada de un toro donante en la misma fecha) para ser exportada debe ser sometida a PCR o prueba de aislamiento viral. 15. Virus de Schmallemberg (táchese lo que no corresponda): a. El país nunca ha reportado casos del virus de Schmallemberg; o, b. El semen de este envió fue colectado con anterioridad al 31 de mayo de 2011; o, c. Los toros donantes fueron sometidos a un análisis serológico (test de neutralización o ELISA) con resultado negativo, al menos veintiocho (28) días tras la colecta del semen; o, d. Las partidas de semen de toros donantes han resultado negativos a la prueba de detección del genoma del virus de Schmallemberg por un método de extracción de ARN homologado y un sistema RT-qPCR. 16. El semen de bovino fue sometido a inspección o veri fi cación por la autoridad o fi cial competente de la República Federativa de Brasil, en el punto de salida. 17. Los toros donantes nacieron en la República Federativa de Brasil o han permanecido, por lo menos, los últimos seis (6) meses en la República Federativa de Brasil. 18. Los toros donantes permanecieron en un establecimiento protegidos contra vectores, de conformidad con el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA, durante, por lo menos, los sesenta (60) días anteriores a la primera colecta de semen, así como durante la colecta. INFORMACIÓN ADICIONAL: I. En el certi fi cado emitido por la autoridad o fi cial competente de la República Federativa de Brasil deberá estar consignado el nombre o identi fi cación del toro donante, la raza, el registro del Herdbook, la fecha de nacimiento, la fecha de ingreso al centro de inseminación artifi cial, el número de dosis y la fecha de la colecta del semen. II. En las pajillas deberá ir impreso el nombre y el registro del toro donante, la raza, la fecha de colecta y el procesamiento. ESTOS REQUISITOS SANITARIOS DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR EL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. EN CASO LA CERTIFICACIÓN NO COINCIDA CON ESTOS REQUISITOS, LA MERCANCIA SERÁ RECHAZADA. 2439271-1