Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (19/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 107

107 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de agosto de 2026 El Peruano / Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0134-2026-MP-FN- OREF-MGAS, de fecha 13 de agosto de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Yoncen Richard Muñoz Ayora, con e fi cacia anticipada, a partir del 11 de agosto de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Yoncen Richard Muñoz Ayora, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Este, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2278-2019-MP-FN, 1520-2020-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 28 de agosto de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada, a partir del 11 de agosto de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Yoncen Richard Muñoz Ayora que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2544826-7 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2433-2026-MP-FN Lima, 18 de agosto de 2026 VISTOS: Los o fi cios Nºs. 00169 y 003021-2026-MP-FN- PJFS ANCASH, de fechas 7 y 13 de agosto de 2026, respectivamente, e informe Nº 0121-2026-MP-FN-OREF- EBRV, de fecha 18 de agosto de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante los o fi cios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, remite y otorga conformidad a la carta de renuncia presentada en fecha 6 de agosto de 2026, suscrita por la abogada Paola Hortencia Torres Jiménez, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designada en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz, quien presenta su renuncia al cargo por motivos laborales. En la carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 13 de agosto de 2026, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3700-2018-MP-FN y 3607-2025-MP-FN, de fechas 19 de octubre de 2018 y 27 de noviembre 2025, respectivamente, se resolvió nombrar a la abogada Paola Hortencia Torres Jiménez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y designarla en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0121-2026-MP- FN-OREF-EBRV, de fecha 18 de agosto de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Paola Hortencia Torres Jiménez, con e fi cacia anticipada, a partir del 13 de agosto de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Paola Hortencia Torres Jiménez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3700-2018-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 3607-2025-MP-FN, de fechas 19 de octubre de 2018, 30 de diciembre de 2024 y 27 de noviembre de 2025, respectivamente; con e fi cacia anticipada, a partir del 13 de agosto de 2026. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Paola Hortencia Torres Jiménez que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en